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Preguntas frecuentes


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Respuesta: El riesgo es la probabilidad de que una amenaza se convierta en un desastre. La vulnerabilidad o las amenazas, por separado, no representan un peligro. Pero si se juntan, se convierten en un riesgo, o sea, en la probabilidad de que ocurra un desastre.

Respuesta:Cuando se habla de gestión del riesgo se hace referencia al proceso social de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas y acciones para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, con el ánimo de impedir o evitar que se genere, además de reducirlo o controlarlo cuando ya existe; para prepararse y manejar las situaciones de desastre, así como para la posterior recuperación.

RespuestaPuede dirigirse ante las entidades competentes para atención de emergencias en el territorio nacional: Cruz Roja Colombiana, Cuerpo de Bomberos, Defensa Civil, Ejército Nacional, Armada Nacional, Policía Nacional, los cuales actúan de acuerdo con los parámetros establecidos por las alcaldías, gobernaciones, presidencia de la República o sus delegados, según la magnitud del evento y la afectación ocasionada.

Si la emergencia ocurre en el departamento de Cundinamarca se debe informar a las alcaldías donde se registra el evento adverso, a las oficinas municipales de gestión del riesgo de desastres, a la línea de emergencias 123 o a los organismos de socorro (Cruz Roja de Cundinamarca y Bogotá, Delegación Departamental de Bomberos de Cundinamarca y/o a la Defensa Civil Seccional Cundinamarca).

Respuesta: Se debe radicar la solicitud en la oficina de correspondencia de la gobernación de Cundinamarca o en la sede de la Uaegrd, especificando la situación de riesgo, el sitio donde se debe realizar la visita técnica y dejando los datos del solicitante tales como nombre completo, dirección, correo electrónico, teléfono y/o celular.

Respuesta: Es un proceso que está compuesto por la identificación de escenarios de riesgo, su análisis y evaluación, el monitoreo y seguimiento del riesgo y la comunicación, para promover una mayor conciencia del mismo, que alimenta los procesos de reducción del riesgo y de manejo de desastre. (Art. 4 – Ley 1523 de 2012)

Respuesta: Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera.

Respuesta: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la preparación para la respuesta a emergencias, la        preparación para la recuperación pos desastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, entiéndase: rehabilitación y recuperación. (Artículo 4 Ley 1523 del 2012).

Respuesta: El riesgo es la probabilidad de que una amenaza se convierta en un desastre. La vulnerabilidad o las amenazas, por separado, no representan un peligro. Pero si se juntan, se convierten en un riesgo, o sea, en la probabilidad de que ocurra un desastre.

Respuesta:Cuando se habla de gestión del riesgo se hace referencia al proceso social de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas y acciones para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, con el ánimo de impedir o evitar que se genere, además de reducirlo o controlarlo cuando ya existe; para prepararse y manejar las situaciones de desastre, así como para la posterior recuperación.

RespuestaPuede dirigirse ante las entidades competentes para atención de emergencias en el territorio nacional: Cruz Roja Colombiana, Cuerpo de Bomberos, Defensa Civil, Ejército Nacional, Armada Nacional, Policía Nacional, los cuales actúan de acuerdo con los parámetros establecidos por las alcaldías, gobernaciones, presidencia de la República o sus delegados, según la magnitud del evento y la afectación ocasionada.

Si la emergencia ocurre en el departamento de Cundinamarca se debe informar a las alcaldías donde se registra el evento adverso, a las oficinas municipales de gestión del riesgo de desastres, a la línea de emergencias 123 o a los organismos de socorro (Cruz Roja de Cundinamarca y Bogotá, Delegación Departamental de Bomberos de Cundinamarca y/o a la Defensa Civil Seccional Cundinamarca).

Respuesta: Se debe radicar la solicitud en la oficina de correspondencia de la gobernación de Cundinamarca o en la sede de la Uaegrd, especificando la situación de riesgo, el sitio donde se debe realizar la visita técnica y dejando los datos del solicitante tales como nombre completo, dirección, correo electrónico, teléfono y/o celular.

Respuesta: Es un proceso que está compuesto por la identificación de escenarios de riesgo, su análisis y evaluación, el monitoreo y seguimiento del riesgo y la comunicación, para promover una mayor conciencia del mismo, que alimenta los procesos de reducción del riesgo y de manejo de desastre. (Art. 4 – Ley 1523 de 2012)

Respuesta: Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera.

Respuesta: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la preparación para la respuesta a emergencias, la        preparación para la recuperación pos desastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, entiéndase: rehabilitación y recuperación. (Artículo 4 Ley 1523 del 2012).

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