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Funciones


Son funciones esenciales de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres, las siguientes:

  1. Vigilar, promover y garantizar el flujo efectivo de los procesos de la gestión del riesgo.
  2. Asesorar sobre Sistema Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres y efectuar propuestas para su mejora en los niveles territoriales.
  3. Coordinar, impulsar y fortalecer capacidades para el conocimiento del riesgo, prevención de este y manejo de desastres, y su articulación con los procesos de desarrollo en los ámbitos nacional, departamental y municipal.
  4. Proponer y articular las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos departamentales de gestión del riesgo de desastres.
  5. Promover la articulación interinstitucional para el estudio, análisis y manejo de la Gestión del Riesgo de Desastres.
  6. Apoyar las actividades encaminadas a que las autoridades departamentales formulen y concierten el plan de gestión del riesgo de desastres y una estrategia para la respuesta a emergencias de la respectiva jurisdicción, en armonía con el plan de gestión del riesgo y la estrategia de respuesta del nivel nacional.
  7. Orientar y apoyar a las entidades departamentales y municipales en su fortalecimiento institucional para la gestión del riesgo de desastres y asesorarlos para la inclusión de la política de gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales.
  8. Promover y participar en los análisis, estudios e investigaciones en materia de gestión del riesgo.
  9. Velar por el cumplimiento de los estudios generales y específicos del riesgo que consideren los posibles efectos de eventos naturales sobre la infraestructura y la incidencia sobre las condiciones de vida en el Departamento.
  10. Mantener en funcionamiento el sistema integrado de información, de comunicación y tecnología, que posibilite avanzar en la gestión del riesgo de desastres, garantizando la interoperabilidad con el sistema nacional.
  11. Coordinar con la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial, o quien haga sus veces, el seguimiento y evaluación del Plan de Acción Específico, que se debe ejecutar en caso de calamidad pública departamental.
  12. Activar el Sistema de Gestión del Riesgo, para la preparación y manejo de las Emergencias.
  13. Desarrollar acciones que reduzcan las condiciones de vulnerabilidad frente a riesgos de desastres en el territorio del Departamento. 

Son funciones del Despacho del Director de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres, las siguientes:

  1. Dirigir y coordinar el flujo efectivo de información de los procesos de la gestión del riesgo.
  2. Asesorar al Sistema Departamental para la Gestión del Riesgo y efectuar propuestas para su mejora en los niveles territoriales.
  3. Dirigir y coordinar las acciones requeridas para la formulación y ejecución de la política pública del Departamento.
  4. Articular las dependencias y entidades del Departamento en el conocimiento del riesgo, reducción de este y manejo de desastres, y su coordinación con los procesos de desarrollo en los ámbitos nacional, departamental y municipal.
  5. Velar por la articulación de las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos departamentales de gestión del riesgo de desastres.
  6. Participar en la articulación de las actividades encaminadas a que las autoridades departamentales formulen y concierten el plan de gestión del riesgo de desastres y la estrategia para la respuesta a emergencias, en armonía con el plan de gestión del riesgo y la estrategia de respuesta del nivel nacional.
  7. Informar a la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial o quien haga sus veces sobre el desarrollo y ejecución del Plan de Gestión del Riesgo.
  8. Participar en la articulación con las entidades departamentales y municipales en el fortalecimiento institucional en el conocimiento, prevención y atención del riesgo de desastres y asesorarlos para la inclusión de la política de gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales.
  9. Proponer y velar por el desarrollo de análisis, estudios e investigaciones en materia de gestión del riesgo.
  10. Identificar y proponer acciones para el cumplimiento de los estudios generales y específicos del riesgo en todas las instancias gubernamentales del Departamento y efectuar su seguimiento.
  11. Velar y participar, en coordinación con la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial o quien haga sus veces, en el seguimiento y evaluación del Plan de Acción Específico, que se debe ejecutar en caso de calamidad pública departamental.
  12. Dirigir y coordinar las actividades jurídicas, contractuales, presupuestales, administrativas y financieras para la operatividad de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres.
  13. Promover, gestionar y coordinar la cooperación internacional pública y/o privada, por medio de alianzas estratégicas con gobiernos extranjeros, organismos y agencias de cooperación internacional y entidades nacionales para la consecución de recursos técnicos y financieros, así como la transferencia de conocimientos y tecnología para coadyuvar el desarrollo de planes, programas y proyectos a cargo de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres.

Son funciones de la Subdirección de Conocimiento, las siguientes:

  1. Liderar y organizar al interior de la unidad la gestión requerida para los procesos de conocimiento del riesgo, conforme las directrices y normas departamentales y nacionales.
  2. Organizar y coordinar las comunicaciones en materia de prevención de los riesgos y desastres del sistema nacional en Cundinamarca, conforme los lineamientos de la Gobernación.
  3. Diseñar estrategias para la articulación interinstitucional para el estudio y análisis de la Gestión del conocimiento del Riesgo de Desastres conforme los lineamientos gubernamentales y normatividad legal para el conocimiento del riesgo.
  4. Realizar la orientación y apoyo a las entidades departamentales, municipales y comunitarias en su fortalecimiento institucional para el conocimiento en la gestión del riesgo de desastres asesorándolas para la inclusión de la política pública departamental para la gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales e instrumentos de planeación conforme a los procedimientos definidos por la Gobernación.
  5. Efectuar el seguimiento del flujo efectivo de información de los procesos de conocimiento para la gestión del riesgo conforme los procedimientos definidos por la entidad.
  6. Velar por la articulación de las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos departamentales de conocimiento de la gestión del riesgo de desastres conforme a los lineamientos institucionales.
  7. Liderar o desarrollar análisis, estudios e investigaciones en materia de conocimiento de la gestión del riesgo conforme los lineamientos institucionales.
  8. Promover, en coordinación con las autoridades competentes en la materia a nivel departamental y territorial, la identificación de amenazas y de la vulnerabilidad, como insumos para el análisis del riesgo de desastres, así como el uso de lineamientos y estándares para este proceso.
  9. Apoyar a la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial o quien haga sus veces en el seguimiento y evaluación del Plan de Acción Específico, que se debe ejecutar en caso de calamidad pública departamental.

Son funciones de la Subdirección de Reducción, las siguientes:

  1. Liderar, organizar y mejorar la efectividad en los procesos de prevención del riesgo de desastres conforme a las directrices del Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
  2. Armonizar las acciones orientadas a la prevención del riesgo de desastres con las políticas y acciones de gestión ambiental, ordenamiento territorial y adaptación al cambio climático.
  3. Diseñar estrategias para la articulación interinstitucional para el estudio y análisis de la prevención y Gestión del Riesgo de Desastres conforme los lineamientos gubernamentales.
  4. Promover a nivel departamental y territorial, la intervención correctiva y prospectiva del riesgo, y la protección financiera frente a desastres, así como coordinar el diseño de guías y estrategias respecto al uso de lineamientos y estándares para este proceso.
  5. Asesorar y brindar asistencia técnica a las entidades departamentales y municipales en su fortalecimiento institucional para la gestión de la prevención del riesgo de desastres en la inclusión de la política pública departamental para la gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales conforme a los procedimientos definidos por la Gobernación y normatividad legal vigente.
  6. Efectuar el seguimiento del flujo efectivo de información de los procesos de la prevención en la gestión del riesgo conforme los procedimientos definidos por la entidad.
  7. Velar por la articulación de las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos departamentales de los procesos de prevención de la gestión del riesgo de desastres conforme a los lineamientos institucionales.
  8. Liderar el desarrollo de análisis, estudios e investigaciones en materia de prevención del riesgo conforme los lineamientos institucionales.
  9. Apoyar a la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial o quien haga sus veces en el seguimiento y evaluación del Plan de Acción Específico, que se debe ejecutar en caso de calamidad pública departamental.

Son funciones de la Subdirección de Manejo, las siguientes:

  1. Liderar y organizar al interior de la Unidad Administrativa Especial para la Gestión del Riesgo de Desastres la gestión requerida para el manejo, recuperación y rehabilitación en procesos de gestión del riesgo de desastres, conforme las directrices departamentales y nacionales y normatividad legal vigente.
  2. Organizar y coordinar las comunicaciones en materia de manejo de riesgos y desastres del sistema nacional en Cundinamarca conforme los lineamientos de la Gobernación, políticas y normativas para el manejo de desastres.
  3. Diseñar estrategias para la articulación interinstitucional para las áreas, procesos y subprocesos de manejo de la Gestión del Riesgo de Desastres conforme los lineamientos gubernamentales.
  4. Realizar la orientación y apoyo a las entidades departamentales y municipales en su fortalecimiento institucional para el área de manejo en la gestión del riesgo de desastres asesorándolas para la inclusión de la política pública departamental para la gestión del riesgo de desastres en los Planes Territoriales conforme a los procedimientos definidos por la gobernación.
  5. Efectuar el seguimiento del flujo efectivo de información de los procesos de manejo para la gestión del riesgo conforme los procedimientos definidos por la entidad.
  6. Intervención Psicosocial en fase de respuesta a la emergencia, recuperación temprana y recuperación para el desarrollo en las comunidades afectadas.
  7. Liderar o desarrollar análisis, estudios e investigaciones en materia de manejo de la gestión del riesgo conforme los lineamientos institucionales.
  8. Implementar la respuesta a situaciones de desastre con el propósito de optimizar la atención a la población, los bienes, ecosistemas e infraestructura y la restitución de los servicios esenciales.
  9. Coordinar la puesta en marcha de la rehabilitación, reconstrucción y recuperación de las condiciones socioeconómicas, ambientales y físicas de la población del Departamento bajo criterios de seguridad y desarrollo sostenible.
  10. Coordinar la sala de crisis y establecer los protocolos para las ayudas humanitarias.
  11. Promover acciones para la respuesta, implementación de sistemas de alerta temprana, capacitación, conformación de centros de reserva, mecanismos de albergues temporales, equipamientos, entre otros, tendientes a mejorar la preparación para la respuesta.
  12. Elaborar el Plan de Acción Especifico para la recuperación (rehabilitación y reconstrucción), de acuerdo con los planes y políticas nacionales y departamentales y a la normativa vigente sobre la materia.
  13. Asesorar a los municipios en la formulación e implementación de proyectos para el manejo de Desastres.
  14. Apoyar a la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial o quien haga sus veces en el seguimiento y evaluación del Plan de Acción Específico, que se debe ejecutar en caso de calamidad pública departamental.
  15. Fortalecer los procedimientos de atención a emergencias, ayudas humanitarias y coordinación interinstitucional

Consulte el Decreto Departamental 406 de 2024 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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