PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO VIGENCIA 2021 – 2022 CONTRATO INTERADMINISTRATIVO SADR CDCTI 008 2020 SUSCRITO CON FINAGRO
Dado alcance a la Circulares N°052 del 24/12/2020 y N°038 del 08/11/2021 expedida por este despacho y a la Circular Externa N°68 del 27/12/2021 expedida por FINAGRO, se comunican las condiciones de acceso al Programa de Financiamiento Agropecuario - ICRCUND.
Pequeños y Medianos productores
RUTA DE ACCESO
Para acceder a estos beneficios siga estos tres pasos:
http://www4.cundinamarca.gov.co/enlinea/encuestas/index.php/766381/lang-es
Recuerde que el registro de la solicitud, no obliga al otorgamiento de beneficio, este dependerá del cumplimiento de requisitos de los intermediarios financieros o compañías aseguradoras y de la disponibilidad de recursos por parte del departamento.
Para mayor información comunicarse con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de Cundinamarca. Celulares 3016978399 y 3103313424, y al correo electrónico: financiamientoagrocund@cundinamarca.gov.co. Funcionario de contacto: Sandra Liliana Mahecha Herrera – Gerente Financiamiento Agropecuario.
CIERRE DE INSCRIPCIONES. El cierre de las inscripciones estará sujeto al agotamiento de los recursos dispuestos para cada vigencia.
Agradecemos socializar esta información a los pequeños y medianos productores rurales de su municipio para que se beneficien de este programa.
COMPONENTE 1. – LINEA ESPECIAL DE CREDITO TERRITORIAL CUNDINAMARCA LECCUND
¿En qué consiste? Es un apoyo al crédito, a través del cual se habilitan Líneas de Crédito en condiciones preferenciales (Línea Especial de Crédito “LEC”), en las que se otorga un subsidio a la tasa de interés de un crédito, a una persona que financie de manera parcial o total las actividades requeridas para el mejoramiento de la productividad y competitividad del sector agropecuario.
Las inversiones que pueden ser objeto del beneficio del subsidio a la tasa de interés de la Línea especial de crédito “LEC”, son las establecidas en el Manual de Servicios de FINAGRO conforme a la siguiente estructura.
Tope máximo de crédito. El monto máximo de crédito por beneficiario será hasta de:
Tipo de Productor |
Monto máximo de crédito |
PEQUEÑO PRODUCTOR |
$ 30.000.000 |
MEDIANO PRODUCTOR |
$ 50.000.000 |
ESQUEMA ASOCIATIVO O DE INTEGRACION |
$ 80.000.000 |
Este instrumento aplicará en los mismos plazos establecidos para la LEC Nacional en los segmentos priorizados en este POA.
Los topes máximos de tasa de subsidios que otorgará la Gobernación de Cundinamarca serán los siguientes:
Tipo de Productor |
Tasa de Subsidio Máximo* |
PEQUEÑO PRODUCTOR |
9% e.a. |
MEDIANO PRODUCTOR |
12% e.a. |
ESQUEMA ASOCIATIVO O DE INTEGRACIÓN |
9% e.a. |
* Estos puntos de subsidio son calculados con base en las tasas de interés máximas que tiene FINAGRO por tipo de productor. |
Se debe tener en cuenta que la Gobernación de Cundinamarca puede asumir de subsidio como máximo la tasa relacionada anteriormente de tal forma que la tasa de interés final al productor se ubique en IBR – 2% (nominal), bien sea sumando el subsidio otorgado por el MADR y la Gobernación, o únicamente con el subsidio que asume la Gobernación.
Se precisa que los productores que accedan Línea Especial de Crédito con Tasa Subsidiada LECCUND no podrán acceder al Incentivo a la Capitalización Rural – ICRCUND.
Se precisa que los productores solo pueden acceder una única vez a la Línea Especial de Crédito con Tasa Subsidiada LECCUND, siendo aplicable este beneficio durante la vigencia del convenio.
El subsidio a la tasa con los recursos de la Gobernación se otorgará en los mismos términos y condiciones de acceso que la LEC Nacional regulada por la CNCA, teniendo en cuenta en todo caso los destinos de crédito seleccionados para Cundinamarca y que estén habilitados para la LEC Nacional.
En el momento que los anteriores segmentos de la LEC Nacional se cierren por agotamiento de recursos o por finalización de la vigencia, la Gobernación asumirá la totalidad del subsidio a la tasa de tal forma que la tasa de interés máxima que cobren los intermediarios financieros al productor sea la relacionada en la viñeta de tasa máxima de interés, las condiciones de acceso serán los mismos aplicables para la LEC Nacional cuando se encontraba vigente. En el evento que en la misma vigencia cualquiera de las LEC Nacional se cierre por agotamiento de recursos, pero en forma posterior se abra nuevamente porque el MADR asigne más recursos a la bolsa, el subsidio a la tasa con los recursos del Departamento se otorgará de forma complementaria a partir de la reapertura de la LEC Nacional, siempre y cuando existan recursos disponibles para la LEC Cundinamarca.
En el evento que alguna LEC Nacional tenga priorización por municipio, únicamente tendrán acceso al beneficio de la Gobernación los que correspondan al departamento de Cundinamarca, de igual forma solo tendrá acceso el productor que se clasifique por parte del intermediario financiero como Pequeño, Mediano, Esquema Asociativo o de Integración, en los términos establecidos en el Manual de Servicios de FINAGRO. Se aclara que el Joven Rural, Mujer Rural de Bajos Ingresos, Víctimas del Conflicto Armado Interno, Población Desmovilizada, Reinsertada o Reincorporada, y población vinculada a programas de desarrollo alternativo, se podrán registrar como pequeño productor para el acceso a esta LEC.
Ninguna