Secretaría de Bienestar Verde

CONVOCATORIA AGUA VIDA RURAL 2025

CONVOCATORIA AGUA VIDA RURAL 2025
Fecha de Apertura
23 abr. 2025
Fecha de Cierre
22 may. 2025
📁 Categoría
Avisos de convocatoria
🔢 Número
1
📌 Estado
Vigente

Resumen

El convenio funciona mediante la cooperación interinstitucional entre la CAR, la Secretaría de Bienestar Verde de Cundinamarca y Empresas Públicas de Cundinamarca S.A E.S.P. para evaluar y mejorar la calidad del agua en fuentes hídricas de acueductos rurales priorizados en Cundinamarca.

Objetivo

Aunar esfuerzos interinstitucionales entre la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR, el DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA - SECRETARÍA DE BIENESTAR VERDE y EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A E.S.P., con el fin de establecer las condiciones de la calidad del agua superficial de las fuentes hídricas de los acueductos urbanos y rurales, priorizados en el Departamento de Cundinamarca.

Dirigida a

  • Empresa prestadora de servicio público de acueductos, Asociaciones de Acueductos veredales u Organismos de Acción Comunal formalizados legalmente de los 98 municipios de Cundinamarca bajo la jurisdicción de la CAR.

Etapas del proceso

Detalles adicionales

Criterios de selección:

 

  1. Empresa prestadora de servicio público de acueductos, Asociaciones de Acueductos veredales u Organismos de Acción Comunal formalizados legalmente en jurisdicción del Departamento de Cundinamarca y con documentación actualizada (Cédula, RUT, Cámara de Comercio o Personería Jurídica, Certificado de Comité Empresarial y Estatutos).

 

  1. Ubicación del punto de captación: Coordenadas, nombre de la fuente, nombre del predio vereda y municipio, por lo menos.

 

  1. Certificado expedido por el acueducto donde se relacione la totalidad de usuarios suscritos al servicio de acueducto. (Catastro de usuarios).

 

  1. Autorización escrita de ingreso al sitio de captación.

 

  1. Aporte soportes de visita de inspección ocular a la fuente de abastecimiento, realizada por la Secretaría de Salud competente – Incluyendo el Anexo Técnico número 1–definido por la Resolución 4716 de 2010. (con fecha previa al inicio de la convocatoria).

 

  1. El beneficiario de la convocatoria deberá comprometerse a realizar el documento que contenga la descripción del sistema de tratamiento y su dimensionamiento en virtud de lo dispuesto en la Resolución 622 de 2020.

 

  1. Si es renovación de concesión de aguas deberá presentar el acto administrativo de aprobación anterior.

 

 

Excluyentes de la convocatoria.

 

  • Los que cuentan con Autorización sanitaria vigente y concesión vigente y son objeto de vigilancia por parte del ente de salud.

Información adicional

¿Qué beneficios trae el Convenio?

 

  • Insumo para la Autorización Sanitaria.
  • Insumo para la concesión de aguas.
  • Contando con los anteriores insumos, los acueductos podrán presentarse a los diferentes proyectos Municipales, Departamentales o Nacionales para mejorar su infraestructura, capacidad técnica y operativa, entre otros.

 

La inscripción a la convocatoria AguaVidaRural se realizará diligenciando el formulario en el siguiente link https://epc.com.co/pre-inscripcion-agua-vida-rural/  

Seleccione esta opción como atajo para volver al inicio de esta página.