Criterios de selección Objetiva para Contratación


Atrás

El Decreto 1716 de 2009, determinó como una de las funciones del Comité de Conciliación en el artículo 19, numeral 8º "Definir los criterios para la selección de abogados externos que garanticen su idoneidad para la defensa de los intereses públicos y realizar seguimiento sobre los procesos a ellos encomendados" disposición incorporada en el Decreto 1069 de 2015 en el artículo 2.2.4.3.1.2.5.

Seleccione esta opción como atajo para volver al inicio de esta página.