La Secretaria de Salud de Cundinamarca informa que a partir del 19 de junio del 2024 entran en rigor las resoluciones No. 754 de 2021 y la 1151 de 2022 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social “Por la cual se establecen los requisitos y procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo”
El procedimiento de expedición, renovación o cambio de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se adelantara ante las secretarias departamentales y distritales de salud por medio del aplicativo web el interesado debe realizar el siguiente paso a paso:
- Registrarse ante el portal Mi Seguridad Social a través del enlace: https://miseguridadsocial.gov.co , debe ingresar sus datos correctamente como están en su documento de identidad ya que estos mismos serán usados para la expedición de su Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Ingresar al aplicativo web, a través de la ventanilla de trámites y servicios para acceder al formulario, que direccionara automáticamente la solicitud a la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, con jurisdicción del domicilio del solicitante de la Licencia en el enlace: https://tramites.minsalud.gov.co/tramitesservicios/
- Realizar el registro de tipo de trámite, identificación y formación académica del solicitante.
- Anexar los documentos requeridos en la solicitud de expedición o renovación en formato PDF, los que deben ser legibles y cuyo tamaño no puede exceder 4MB.
- El trámite es gratuito (No tiene costo para el usuario).
Datos de contacto: Se informa que para temas informativos o asesorías del trámite realizados con la Secretaria de Salud de Cundinamarca, se habilitó el correo electrónico licencias.sst@cundinamarca.gov.co y para atención telefónica el número fijo: (601)7491719, en el siguiente horario: miércoles y jueves de 9:00am a 12:00m y del 2:00pm a 4:00 pm.
El único canal habilitado para expedición, renovación y cambios en las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo y su correspondiente gestión de persona natural será con el aplicativo web implementado por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Solo para verificación: (Licencia de Seguridad y Salud en el trabajo – Persona Natural)
Para la verificación de la Licencia en Seguridad y Salud en el trabajo, revise que la misma sea expedida por la Secretaria de Salud de la Gobernacion de Cundinamarca y con fechas de expedición anteriores al 18 de junio del 2024.
Si la validación o verificación la realiza un tercero, es decir no el titular de la licencia, debe realizar lo siguiente:
- El envió de solicitud, debe hacerlo al correo verificacioneslsst@cundinamarca.gov.co
en el cual usted debe incluir el nombre de la persona y el trámite que desea realizar. - Se debe adjuntar la licencia en archivo formato PDF (documento que quiere verificar legible y completa)
- Oficio de autorización para el tratamiento de los datos personales, firmada por el titular de la misma, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto No. 1377 de 2013, modelo elaborado por el tercero (empresa que solicita la verificación)
Si la validación o verificación la solicita el titular de la Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo debe:
- Enviar la solicitud desde un correo electrónico que compruebe que es el titular de la licencia es decir que tenga su nombre
- Copia de cédula de ciudadanía
El trámite de verificación esta estandarizado en promedio de ocho días a partir del día de la recepción en la bandeja de notificaciones, recuerde que las solicitudes se responden en orden de llegada.
NOTAS ADICIONALES:
- Las personas naturales con títulos expedidos en el exterior, deben realizar el trámite de convalidación del título profesional ante el Ministerio de Educación Nacional y solicitar la licencia ante la respectiva Secretaría Seccional o Distrital de Salud, anexando como soporte, copia del diploma en el cual se acredite su formación en una de las áreas que conforman la Seguridad y Salud en el Trabajo, según lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012 y la homologación del título ante el Ministerio de Educación Nacional.
- Los extranjeros que van a prestar servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo en Colombia deben solicitar la autorización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las Oficinas Consulares de la República, de acuerdo con las disposiciones sobre control de visas y extranjeros establecidas en el Decreto 4000 de 2004, modificado por el Decreto 0107 de 2012 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.