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Funciones


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Son funciones esenciales de la Secretaría del Ambiente las siguientes:

1. Definir, dirigir y gestionar las políticas de preservación del ambiente, los recursos naturales y el desarrollo sostenible en el departamento de Cundinamarca, de acuerdo con la Constitución y la Ley.

2. Formular participativamente las directrices ambientales para el departamento de Cundinamarca.

3. Liderar y coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes de la administración central y brindar asesoría en la definición de contenidos ambientales para los planes de desarrollo ambiental y en programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales, propendiendo por la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por el Departamento.

4. Formular, ajustar y revisar periódicamente el capítulo ambiental del Plan Departamental de Desarrollo e impulsar su ejecución a través de las instancias de coordinación establecidas.

5. Formular y orientar los planes, programas y proyectos tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del Departamento y sus entidades territoriales.

6. Definir los lineamientos ambientales que regirán las acciones de la administración pública departamental, fortaleciendo y consolidando lineamientos interinstitucionales con las autoridades ambientales presentes en el territorio, que garantice el trabajo coordinado, para la optimización de los recursos disponibles y el fortalecimiento institucional.

7. Dirigir, coordinar y operar la implementación del sistema de información y gestión ambiental del Departamento con el soporte de las entidades que la producen

8. Participar en las instancias ambientales de los procesos de integración regional. 9. Fortalecer los procesos de participación comunitaria e institucional en la gestión ambiental territorial.

10. Propiciar el fortalecimiento institucional mediante procesos de educación ambiental que conlleven al mejoramiento de la gestión. promoviendo y desarrollando programas formativos. recreativos e investigativos en materia de flora, fauna, medio ambiente y conservación de los recursos naturales.

11. Desarrollar programas de fomento del aumento de la cobertura vegetal, arborización y ornamentación en el Departamento, en particular mediante la utilización de especies promisorias.

12. Coordinar la implementación de proyectos o acciones para la protección y conservación de la Flora y de la Fauna en el Departamento.

13. Coordinar con !as instancias competentes el seguimiento a los vertimientos, calidad de aire, disposición de residuos sólidos domiciliarios y complementar la acción del Gestor del Plan Departamental de Aguas PDA, para apoyar el desarrollo de proyectos de saneamiento y descontaminación, en armonía con los parámetros establecidos por las autoridades ambientales. Gobernación de Cundinamarca.

14. Coordinar con las entidades distritales y territoriales, el diseño y ejecución de programas y proyectos de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables.

15. Impulsar la implementación de incentivos para la promoción de mecanismos de producción limpia y programas de pagos por servicios ambientales.

16. Atender las delegaciones y tareas de asesoría que le sean encomendadas por el Gobernador en relación con sus atribuciones como presidente o miembro de los consejos directivos y asambleas corporativas de las Corporaciones Autónomas Regionales que tienen jurisdicción en el territorio de Cundinamarca.

17. Asumir las tareas derivadas de la representación del departamento de Cundinamarca en la conformación del Consejo Estratégico de Cuenca Hidrográfica CECH y posteriormente la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá - GCH.

18. Impulsar la implementación de las actividades de Adaptación y Mitigación de los efectos del Cambio Climático en el territorio, de manera coordinada y armónica con los entes regionales y municipales respectivos.

19. Brindar orientaciones a los municipios del Departamento para incorporar la gestión de Cambio Climático en sus procesos de planeación, gestión y ejecución de la inversión.

20. Promover la implementación de medidas de Mitigación de Gases efecto invernadero en materia de transporte e infraestructura, desarrollo agropecuario, energía, vivienda y saneamiento, así como en comercio, industria y turismo de acuerdo con las competencias legales del Departamento y en coordinación con las demás dependencias y entidades de la Gobernación.

21. Articular acciones con la Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres del Departamento en los temas relacionados con conocimiento y gestión del riesgo asociados al Cambio Climático.

 

Son funciones del Despacho del Secretario(a) del Ambiente, las siguientes:

1. Proponer la política y los planes de acción de la Secretaría del Ambiente y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.

2. Dirigir y coordinar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración del Departamento de Cundinamarca, como primer responsable técnico y administrativo en materia ambiental en el Departamento.

3. Dirigir la formulación, ejecución y seguimiento de planes, programas y proyectos de preservación del ambiente, los recursos naturales y el desarrollo sostenible en el departamento de Cundinamarca, de acuerdo con la Constitución y la Ley.

4. Dirigir la definición de contenidos ambientales para los planes de desarrollo ambiental y programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales, propendiendo por la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por el Departamento.

5. Definir los lineamientos ambientales que regirán las acciones de la administración pública departamental, fortaleciendo y consolidando lineamientos interinstitucionales con las autoridades ambientales presentes en el territorio.

6. Dirigir !a implementación del sistema de información y gestión ambiental del Departamento con el soporte de las entidades que la producen.

7. Participar en las instancias ambientales de los procesos de integración regional.

8. Dirigir los procesos de educación ambiental que conlleven al mejoramiento de la gestión, promoviendo y desarrollando programas formativos, recreativos e investigativos en materia de flora, fauna, medio ambiente y conservación de los recursos naturales.

9. Efectuar la representación del departamento de Cundinamarca en la conformación del Consejo Estratégico de Cuenca Hidrográfica CECH y posteriormente la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá - GCH.

10. Dirigir y coordinar las estrategias de Adaptación y Mitigación de los efectos de Cambio Climático en el territorio de Cundinamarca.

11. Dirigir .as orientaciones dadas a los municipios del Departamento para incorporar la gestión de Cambio Climático en sus procesos de planeación, gestión y ejecución de la inversión.

12. Orientar las acciones para promover la implementación de medidas de Mitigación de Gases efecto invernadero en temas de transporte e infraestructura, desarrollo agropecuario, energía, vivienda y saneamiento, así como en comercio, industria y turismo de acuerdo con las competencias legales y en coordinación con las demás entidades y dependencias de la Gobernación.

13. Articular acciones con la Unidad de Gestión del .Riesgo de Desastres del Departamento en los temas relacionados con conocimiento y gestión del riesgo asociados al cambio climático.

14. Atender las delegaciones y tareas de asesoría que le sean encomendadas por el Gobernador en relación con sus atribuciones como presidente o miembro de los consejos directivos y asambleas corporativas de las Corporaciones Autónomas Regionales que tienen jurisdicción en el territorio de Cundinamarca.

 

Son funciones de la Dirección de Seguridad Hídrica y Saneamiento Básico, las siguientes:

1. Coordinar acciones destinadas a promover la gestión integral del recurso hídrico con el fin de garantizar la conservación y el aprovechamiento sostenible del agua y el abastecimiento para la prestación del servicio público de acueducto en el Departamento.

2. Definir las fuentes hídricas en función de su oferta y el valor de su entorno natural, a partir de la priorización, para impulsar proyectos que aseguren la disponibilidad del recurso hídrico.

3. Liderar la estrategia de Aseguramiento del Recurso Hídrico a través de la formulación de planes, programas y proyectos en cumplimiento de las obligaciones legales.

4. Coordinar las estrategias de adquisición de predios y pago por servicios Ambientales PSA, establecidas en la ley, con el fin de asegurar la disponibilidad del recurso hídrico en el Departamento.

5. Coordinar con el gestor del Plan Departamental de Aguas y los entes prestadores de los servicios de acueducto, en consenso con las autoridades locales y entidades competentes, la implementación de acciones para el uso eficiente y ahorro del agua y la elaboración de planes de contingencia destinadas a definir alternativas de prestación del servicio en situaciones de emergencia.

6. Impulsar el fortalecimiento de la capacidad institucional de los municipios y prestadores de servicios públicos domiciliarios de Agua potable y saneamiento básico a través del apoyo técnico y administrativo.

7. Coordinar acciones destinadas a promover el saneamiento básico en el Departamento e impulsar la aplicación de los lineamientos departamentales en materia de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

8. Articular acciones para la implementación de la Política Departamental de Residuos Sólidos, y apoyar a los municipios de su jurisdicción en la implementación de los Planes de Gestión de Residuos Sólidos PGIRS.

9. Coordinar y articular la gestión de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo que propicien el uso sostenible de los recursos naturales en Cundinamarca. 

10. Promover estrategias para garantizar la seguridad hídrica aguas arriba de la bocatoma.

11. Coordinar acciones con el gestor del Plan Departamental de Aguas y los municipios. para promover la inclusión de la variable ambiental en la ejecución de programas y proyectos de inversión en los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en concordancia con los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos — PGIRS, los Planes y Manejo de Vertimientos PSMV y los Planes de Uso Eficiente y Ahorro de Agua — PUEAA.

12. Realizar el seguimiento y control administrativo y financiero de las inversiones que se realicen con recursos transferidos por la Secretaría del Ambiente, al Gestor del Plan Departamental de Aguas, en el marco de sus competencias.

13. Realizar el seguimiento a la ejecución de los recursos que se transfieran para agua potable y Saneamiento Básico en los municipios de la jurisdicción departamental.

14. Impulsar la identificación e inventario de las áreas de manejo a las cuales hace referencia el Código de Recursos Naturales - Decreto 2811 de 1974 y las zonas de protección especial tales como páramos, subpáramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos que se encuentren en jurisdicción del Departamento y promover las medidas necesarias para la protección, conservación y vigilancia de estas.

Son Funciones De La Dirección De Planificación Integral De La Gestión Ambiental

1. Desarrollar el proceso de planeación estratégica ambiental del Departamento, en el marco de los lineamientos nacionales y departamentales, mediante la coordinación, el diseño, manejo y actualización de la información ambiental, promoviendo su utilización en las actividades de planificación e integración supramunicipal, regional, zonal y regional de carácter ambiental.

2. Coordinar con las demás dependencias de la Secretaría el diseño y seguimiento a la ejecución del capítulo ambiental del Plan Departamental de Desarrollo.

3. Coordinar con las demás dependencias de la Secretaría la formulación, seguimiento, monitoreo, evaluación y control de los planes indicativos, los planes de acción y demás documentos que evidencian la gestión de esta.

4. Brindar asistencia y asesoría a los municipios y demás instancias formuladoras para la elaboración de proyectos ambientales y emitir conceptos de viabilidad de las propuestas presentadas a la Secretaría.

5. Implementar y operar el sistema de información y gestión ambiental del Departamento, promoviendo la adopción de mecanismos e instrumentos institucionales que garanticen la trazabilidad de las acciones públicas y privadas en la materia.

6. Estructurar técnicamente los proyectos de actos administrativos relacionados con el manejo y conservación del ambiente y el patrimonio natural departamental, así como construir y proponer directrices ambientales que orienten la gestión de las dependencias adscritas y/o vinculadas a la Secretaría del Ambiente.

7. Diseñar e implementar un sistema de información geográfica ambiental, estadística y de proyectos institucionales, que permita determinar las potencialidades, limitaciones y riesgos ambientales de los recursos del entorno, promoviendo la adopción de mecanismos e instrumentos institucionales que garanticen la trazabilidad de las acciones públicas en la materia.

8. Administrar el banco de proyectos de la Secretaría del Ambiente, para la posterior inscripción de los proyectos en el Banco de Programas y Proyectos de la Administración, conforme las necesidades del Departamento y los lineamientos de la Secretaría de Planeación.

9. Asesorar la formulación de proyectos de inversión del sector y coordinar su viabilización para su presentación ante el Banco Departamental de Proyectos y otras instancias del nivel nacional e internacional.

1O. Liderar las labores de responsabilidad ambiental del Departamento y apoyar el funcionamiento de las instancias de Gestión Ambiental en la Administración Central Departamental.

11. Coordinar la actualización e implementación del Plan Integral de Gestión Ambiental PIGA del Departamento.

Son funciones de la Dirección de Ecosistemas Estratégicos y Sostenibilidad Ambiental del Territorio, las siguientes:

1. Implementar programas. proyectos y actividades que promuevan la sostenibilidad ambiental del territorio y la preservación de los ecosistemas estratégicos.

2. Apoyar técnicamente a las administraciones municipales, comunidades organizadas, agremiaciones y demás instancias para la adopción de acciones orientadas al desarrollo sostenible y la preservación de ecosistemas estratégicos en el Departamento.

3. Coordinar la operatividad del "Grupo Interinstitucional para la recuperación integral y la descontaminación del río Bogotá" vinculando a dependencias y entidades de la administración departamental.

4. Representar a !a Secretaría del Ambiente en los Grupos Interinstitucionales creados para atender la gestión para la descontaminación del Río Bogotá y acompañar las convocatorias y los requerimientos que de ellas se deriven.

5. Coordinar las actuaciones del Departamento en materia de seguimiento y optimización de las actividades industriales de los procesos productivos que impactan la sostenibilidad ambiental.

6. Promover la implementación de acciones de adaptación y mitigación a los fenómenos generados por el cambio climático, en el marco del Plan Regional Integral de Cambio Climático.

7. Incentivar la productividad y competitividad de productos forestales maderables y no maderables en el mercado nacional e internacional.

8. Impulsar la investigación, promoción y desarrollo de especies promisorias para su difusión en los programas del Departamento.

9. Brindar orientación a los municipios del Departamento para incorporar la gestión de cambio climático en sus procesos de planeación, gestión y ejecución de la inversión.

10. Impulsar las estrategias de medición, reducción y compensación de la huella de carbono en el Departamento.

11. Articular con las entidades del nivel municipal, regional y nacional las acciones que permitan fomentar la responsabilidad ambiental del territorio.

12. Desarrollar e implementar las estrategias de mantenimiento y cuidado de los predios adquiridos por el Departamento, en procura de la conservación del medio ambiente y sus recursos naturales.

13. Promover la implementación de medidas de Mitigación de Gases efecto invernadero en materia de transporte e infraestructura, desarrollo agropecuario, energía, vivienda y saneamiento, así como en comercio, industria y turismo de acuerdo con las competencias legales y en coordinación con las demás dependencias y entidades de la Gobernación.

14. Coordinar la implementación de proyectos relacionados con captura de carbono, estrategias de reducción de la deforestación y la degradación de los ecosistemas.

15. Implementar proyectos o acciones para la protección y conservación de la Flora y de la Fauna en el Departamento.

Son funciones de la Dirección de Educación y Cultura Ambiental, las siguientes:

1. Apoyar la implementación de la Política Departamental de Educación y Cultura Ambiental.

2. Ejecutar programas y proyectos de educación y divulgación ambiental promoviendo la cultura de la sostenibilidad con participación de las administraciones municipales, los sectores productivos y la comunidad en general.

3. Fomentar en el ámbito departamental, la utilización de los espacios y mecanismos legales de participación ciudadana existentes en materia ambiental.

4. Proponer la implementación de las políticas, planes y programas en materia de fortalecimiento de la cultura ambiental de conformidad con la normatividad vigente.

5. Formular, implementar, hacer seguimiento y evaluación a los programas, proyectos y estrategias para el desarrollo de las políticas de educación ambiental y normas afines en el territorio.

6. Promover e implementar proyectos y estrategias para gestionar el conocimiento y la innovación socio ambiental, en el marco de proyectos ambientales.

7. Fortalecer los contenidos ambientales de los planes y programas que desarrolle la Secretaría del Ambiente, de acuerdo con las directrices de la política de Educación Ambiental.

8. Realizar a nivel comunitario campañas y actividades formativas y divulgativas tendientes a fomentar en los ciudadanos una cultura ambiental que permita un uso racional de los recursos a través del desarrollo sostenible.

9. Acompañar en la formulación y/o implementación de los Proyectos Ambientales Escolares - PRAE, Proyectos Ambientales Universitarios - PRAU y Proyectos Ciudadanos de Educación Ambiental PROCEDAS, en coordinación con los Comités Interinstitucionales de Educación Ambiental CIDEAS.

10. Promover las conmemoraciones ambiéntales del Departamento.

11. Implementar las estrategias de educación ambiental de manera transversal de los programas y proyectos que desarrolle la Secretaría del Ambiente.

 

Consulte el Decreto Departamental 510 de 2022 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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