Secretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana

Funciones


Son funciones de Secretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana, las siguientes:

  1. Coordinar con los alcaldes, autoridades civiles, administrativas, judiciales, fuerza pública; la preservación y restablecimiento del orden público en el Departamento.
  2. Articular el apoyo de las autoridades departamentales a la rama judicial y el Ministerio Público en la prestación del servicio de la administración de justicia; lo mismo que a las autoridades electorales en los diferentes eventos eleccionarios que se realicen en la jurisdicción.
  3. Articular el apoyo de las autoridades electorales en los diferentes eventos eleccionarios que se realicen en la jurisdicción.
  4. Evaluar, formular e implementar las políticas que permitan afianzar y profundizar los principios del Estado social de derecho, la convivencia y participación ciudadana, la tolerancia, el respeto de los derechos humanos, la equidad, el reconocimiento de los grupos étnicos, la paz y la descentralización administrativa en el Departamento.
  5. Dirigir y coordinar la sustanciación y preparación de los actos administrativos de única y de segunda instancia que conforme a la normatividad jurídica deba conocer y resolver el Gobernador, en ejercicio de la función de policía de acuerdo con las normas constitucionales legales vigentes.
  6. Realizar la revisión de los actos administrativos municipales en el ejercicio del control constitucional de tutela que corresponde al Gobernador.
  7. Dirigir y coordinar planes, programas y proyectos que permitan mejorar la capacidad de gestión administrativa en los agentes responsables de las entidades territoriales municipales.
  8. Reconocer, suspender y cancelar las personerías jurídicas de los cuerpos de bomberos voluntarios, la aprobación de sus estatutos y la inscripción de sus dignatarios de conformidad con la orientación impartida al efecto por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
  9. Diseñar e implementar acciones para la prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas, de conformidad con las competencias de las entidades de los municipios del departamento de Cundinamarca respecto a los lineamientos nacionales.
  10. Propiciar la articulación continúa de los planes, proyectos y programas de atención, asistencia y reparación de las víctimas del conflicto interno con las políticas públicas del Estado, en sus niveles Nacional y Municipal.
  11. Articular las funciones del Departamento como autoridad de policía administrativa, con las directrices del Gobierno Nacional para garantizar la seguridad de las víctimas y, en especial, de las personas que retornen o se reubiquen en los territorios de sus municipios.
  12. Propender porque las entidades y dependencias del Departamento con competencias y funciones en la atención, asistencia y reparación integral de víctimas del conflicto interno brinden información, asesoría y acompañamiento para el ejercicio de sus derechos.
  13. Formular e implementar las políticas públicas en materia de convivencia, seguridad, justicia, de protección de derechos y libertades.
  14. Formular el plan Integral de convivencia y seguridad ciudadana y acompañar técnicamente a los municipios en su implementación como instrumento para la planeación e inversión de recursos según necesidades territoriales.
  15. Garantizar que en el diseño e implementación de las políticas, planes, programas y proyectos se tengan en cuenta los diferentes hechos victimizantes, la participación de las víctimas, el enfoque diferencial y el goce efectivo de los derechos de la población víctima.
  16. Efectuar la articulación con los organismos de orden nacional y las demás dependencias de la Administración Departamental para apoyar a los municipios de Cundinamarca en la legalización y formalización fiscal de los predios.
  17. Promover las políticas públicas, que permitan fomentar los mecanismos de resolución y transformación pacífica, democrática de conflictos y el acercamiento de las instancias de justicia a los ciudadanos en el marco de la política de paz y el postconflicto.
  18. Coordinar la implementación de los acuerdos de paz que se suscriban y se adopten legalmente, el afianzamiento de la paz y la seguridad, mediante la pedagogía, la cultura y valores de convivencia, el desarrollo sostenible y la inclusión productiva de la población víctima y reinsertada.
  19. Fortalecer el Observatorio de Paz del Departamento, para mantener un monitoreo permanente sobre la dinámica del conflicto en el Departamento de Cundinamarca, promoviendo líneas de investigación permanente para la identificación de factores de violencia en el territorio que permita diseñar políticas de Estado.

Articular y promover iniciativas públicas y privadas, así como de cooperación internacional, que disminuyan los índices de exclusión, pobreza y miseria como factores generadores de violencia en el Departamento de Cundinamarca y en coordinación con las diferentes entidades gubernamentales que sean competentes.

Son funciones del Despacho del Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana, las siguientes:

  1. Proponer la política y los planes de acción del Sector Gobierno y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.
  2. Dirigir y coordinar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración Departamental, como primer responsable técnico y administrativo en: gobernabilidad, asuntos políticos, democracia, derechos humanos, derechos constitucionales, descentralización territorial y convivencia, seguridad, justicia y orden público en el Departamento.
  3. Coordinar y participar en la formulación de los planes, proyectos y programas para la atención integral, asistencia y reparación de las víctimas del conflicto interno, asegurando que sigan los lineamientos del Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
  4. Participar en nombre del Departamento en las actividades de coordinación del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y las entidades que lo conforman.
  5. Presentar a consideración del Gobierno Departamental para su incorporación al Plan de Desarrollo del Departamento y en aplicación del principio de subsidiaridad, proyectos de apoyo a los municipios del Departamento con menor capacidad institucional, técnica y/o financiera para ejercer eficiente y eficazmente las competencias y responsabilidades que se derivan de la Ley 1448 del 10 de junio de 2011. El ejercicio de este principio estará sujeto al seguimiento y a la evaluación dentro del marco de la autonomía de las entidades territoriales.
  6. Dirigir la elaboración de informes consolidados sobre los programas de atención, asistencia y reparación directa a las víctimas del conflicto interno para su presentación a las instancias nacionales, departamentales y de control competentes. 
  7. Liderar la política pública en materia de seguridad, convivencia, orden público y justicia del departamento.
  8. Planear, liderar y coordinar programas, acciones, estrategias, mecanismos, instancias de interacción y trabajo conjunto con organismos y entidades tendientes a conservar la seguridad, convivencia, orden público, justicia y DDHH en el territorio del Departamento.
  9. Coordinar, asesorar y apoyar la conformación, funcionamiento y asistencia al consejo de seguridad departamental y Comité de orden público.
  10. Liderar los planes, programas, proyectos y estrategias que permitan la dotación, articulación y apoyo integral en el marco de la misionalidad y alcance la Gobernación de Cundinamarca a todos los organismos de seguridad, convivencia, investigación, justicia y DDHH que aporten en la garantía de gobernanza, gobernabilidad y seguridad humana en el territorio.
  11. Proponer, liderar y ejecutar acciones, campañas y estrategias encaminadas a la convivencia, cultura ciudadana y resolución pacífica de conflictos.
  12. Liderar las acciones misionales y jurídicas relacionadas con la función de policía desde la autoridad de la Gobernación según la normatividad vigente.
  13. Coordinar la realización de estudios Psicosociales a nivel departamental sobre problemática social relacionada con fenómenos o causas de inseguridad; delitos; contravenciones; y demás manifestaciones delictivas o contravencionales.
  14. Coordinar las acciones de recolección de información, análisis e investigación técnica, académica e institucional relacionadas con fenómenos, variables y condiciones de seguridad, convivencia, DDHH y Justicia en Cundinamarca.
  15. Dirigir la coordinación de los procesos de formalización de predios fiscales en el Departamento.
  16. Implementar en el marco de las competencias de la entidad la atención y coordinación de acciones para las personas en condición de discapacidad, así como para las poblaciones pertenecientes a grupos raciales, étnicos, culturales, indígenas, sexuales, minoritarios, de cultos y credos, en garantía de los DDHH.
  17. Brindar garantías para el ejercicio del derecho de libertad religiosa y de cultos en el territorio del Departamento.
  18. Reconocer, suspender y cancelar las personerías jurídicas de los cuerpos de bomberos voluntarios, la aprobación de sus estatutos y la inscripción de sus dignatarios de conformidad con la orientación impartida al efecto por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
  19. Garantizar el desarrollo de los esquemas, programas proyectos, inversiones y plataformas tendientes a la garantía de los DDHH en el departamento
  20. Acompañar según la normativa vigente, los planes y proyectos relacionados con el sistema de justicia, sistema penitenciario y carcelario en coordinación con las instancias de orden nacional a cargo de las personas privadas de la libertad.
  21. Liderar, coordinar y ejercer el desarrollo de los proyectos de dotación y acompañamiento de la fuerza pública en el departamento en los campos de infraestructura, movilidad, operatividad, tecnología y en general lo que garantice las condiciones óptimas de funcionamiento de los organismos presentes en el Departamento.
  22. Coordinar con el sector Mujer del Departamento de Cundinamarca las acciones tendientes a la identificación, prevención y atención a los casos relacionados con violencias basadas en género.
  23. Coordinar y gerenciar el C5 (Centro de Comando, Cómputo, Control y Contacto Ciudadano) del departamento de Cundinamarca, asegurando el desarrollo de este, actualización, crecimiento y participación de las agencias necesarias para la atención integral de eventos en el departamento.
  24. Coordinar con la Secretaría General y de Cercanía al Ciudadano, la inclusión de los tramites a cargo de la Secretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana, en el Sistema Único de Información de Trámites – SUIT.
  25. Dirigir y coordinar las actividades jurídicas, contractuales, presupuéstales, administrativas y financieras para la operatividad de la Secretaría.

Promover, gestionar y coordinar la cooperación internacional pública y/o privada, por medio de alianzas estratégicas con gobiernos extranjeros, organismos y agencias de cooperación internacional y entidades nacionales para la consecución de recursos técnicos y financieros, así como la transferencia de conocimientos y tecnología para coadyuvar el desarrollo de planes, programas y proyectos a cargo de la Secretaría.

Son funciones de la Subsecretaría de Seguridad y Orden Público, las Siguientes:

  1. Apoyar en coordinación con las entidades competentes la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas para el orden público interno y para prevenir, atender y controlar situaciones de riesgo que vulneren o amenacen a la población, en coordinación especial con las autoridades civiles y la Fuerza Pública.
  2. Asesorar y apoyar al Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana y velar por la conservación y restablecimiento del orden público en el territorio departamental en coordinación con las fuerzas militares y de policía.
  3. Coordinar con la Dirección de Derechos Humanos la atención a las denuncias sobre inminentes riesgos de violaciones o amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas directamente o ante las autoridades competentes.
  4. Promover la incorporación del componente de orden público y convivencia ciudadana en los planes de desarrollo regional y local, con el fin de fortalecer la política pública en esta materia y generar condiciones sostenibles de gobernabilidad.
  5. Diseñar políticas, planes y estrategias para la conservación del orden público en el territorio departamental, así como para entablar el diálogo con las comunidades y los diferentes sectores que se encuentren afectados por alteraciones de este.
  6. Fortalecer los mecanismos y espacios de interlocución, entre el nivel nacional y territorial para atender las problemáticas relacionadas con el orden público y social.
  7. Hacer seguimiento a la implementación del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad -SIES-.
  8. Apoyar la implementación y seguimiento a las estrategias de control policial en las entidades territoriales.
  9. Coordinar con los alcaldes, autoridades civiles, judiciales y fuerza pública la preservación y restablecimiento de la Seguridad y orden público en el Departamento, mediante la articulación de las capacidades institucionales de los actores militares, de policía y de justicia.
  10. Coordinar con las autoridades administrativas y la fuerza pública las estrategias para garantizar la seguridad y el orden público en los procesos electorales en el Departamento.
  11. Servir de enlace, de acuerdo con las instrucciones del Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana, con los organismos de seguridad del Estado y la Fuerza Pública para el diseño, ejecución y seguimiento de las políticas públicas y herramientas de planeación estratégica en materia de Seguridad, Convivencia y Orden Público.
  12. Recopilar, analizar y difundir las estadísticas e índices de delitos de alto impacto como insumos para la formulación de estrategias y políticas públicas para la reducción de estos.
  13. Diseñar e implementar estrategias y acciones con enfoques transversales de promoción de la cultura ciudadana, género, población vulnerada, diferencial, ciclo de vida y territorial, que permitan la reducción y prevención de factores de riesgo y problemáticas priorizadas de criminalidad, delincuencia, comportamientos contrarios a la convivencia y acceso a la justicia que afectan a la ciudadanía.
  14. Realizar la coordinación del sistema de Responsabilidad penal para adolescentes, como instancia para la articulación interinstitucional, intersectorial e Inter sistemática a niveles departamental y municipal.
  15. Centralizar y analizar la información necesaria, en relación con la seguridad y atención de emergencias en el Departamento de Cundinamarca.
  16. Garantizar un centro de control con respuesta oportuna para la atención de emergencias.
  17. Brindar herramientas de comunicaciones a las diferentes entidades e instituciones del estado como mecanismo de reacción inmediata a situaciones de inseguridad que se puedan presentar.
  18. Dirigir y coordinar los planes, programas, proyectos y estrategias en materia de orden público, seguridad, convivencia, ciudadana, control y análisis de los sistemas de seguridad y emergencia en el departamento. 
  19. Coordinar acciones para el fortalecimiento, operación y seguimiento del observatorio de seguridad del departamento.
  20. Liderar, orientar y coordinar políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a la prevención del delito en niños, niñas y adolescentes y las competencias del departamento frente al sistema de responsabilidad penal para adolescentes en coordinación con el ICBF.
  21. Ejercer como esquema de centro de comando y control con entidades públicas como Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, CTI, Medicina Legal, Defensoría del Pueblo, entre otros; para establecer estrategias que permitan la toma de decisiones y la disminución de los delitos en el Departamento de Cundinamarca.
  22. Diseñar esquemas de seguridad, monitoreo y control en coordinación con las diferentes agremiaciones municipales para la seguridad y sana convivencia de los cundinamarqueses.
  23. Garantizar herramientas tecnológicas para el desarrollo, operación y coordinación de operativos con respuesta eficiente y oportuna.
  24. Dirigir y coordinar la operación de los procesos relacionados con la atención de emergencias reportadas a través del Número Único de Seguridad y Emergencias.

Son funciones de Dirección de Atención Integral a las Víctimas del Conflicto Interno, las siguientes:

  1. Diseñar e implementar acciones para la prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas, de conformidad con las competencias de las entidades de los municipios del departamento de Cundinamarca respecto a los lineamientos nacionales.
  2. Formular e implementar en el Departamento las acciones del Plan de Acción Territorial de conformidad con el Política Pública de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios).
  3. Articular con las autoridades del orden municipal, departamental y nacional la ejecución de las medidas y componentes de la Política Pública de Víctimas y Restitución de Tierras bajo los principios de subsidiaridad, complementariedad y corresponsabilidad para la presencia y respuesta oportuna a las necesidades y derechos de la población.
  4. Coordinar, articular y promover la información y orientación a las víctimas acerca de los derechos, medidas y recursos con los que se cuenta, al igual que sobre los medios y rutas de atención, a través de las cuales podrán acceder al ejercicio de sus derechos.
  5. Liderar la consolidación y reporte de información que sea requerida por los entes de control y demás autoridades competentes en relación con la atención integral a las víctimas del conflicto interno en el Departamento.
  6. Brindar asistencia técnica a los municipios del Departamento en la formulación, actualización y ajuste de los planes, estrategias, rutas y demás acciones relacionadas con la implementación de la Política Pública de Víctimas y Restitución de Tierras en sus territorios.
  7. Coordinar la estructuración y desarrollo del Comité Territorial de Justicia Transicional (sesiones ordinarias, extraordinarias y ampliadas), así como en sus respectivos subcomités a nivel departamental.
  8. Articular con el Centro de Memoria Histórica acciones específicas para la dignificación de las víctimas del conflicto armado residentes en Cundinamarca.
  9. Elaborar los estudios previos sobre los mecanismos de asociación, financiación o convenios que, en aplicación del principio de complementariedad, suscriba el Departamento para el perfeccionamiento de los servicios a su cargo y el desarrollo de proyectos regionales en el marco de la Ley de Víctimas del conflicto armado interno.

Garantizar la elección y funcionamiento de la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado del nivel Departamental a través de los diferentes trámites administrativos y contractuales que sean requeridos.

Son funciones de la Dirección de Asuntos Municipales, las siguientes:

  1. Contribuir al desarrollo social y político de Municipalidades y Comisiones de Fomento, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana en el departamento.
  2. Brindar asesoría, capacitación, acompañamiento y asistencia técnica a los Municipios de conformidad con las políticas y lineamientos de la Ley, para mejorar su desempeño, desarrollo y gestión pública de acuerdo con los principios de moralidad, igualdad, eficacia, celeridad, economía, transparencia, publicidad e imparcialidad.
  3. Realizar recepción y evaluación de las necesidades de Municipios y Comisiones de Fomento, proponiendo acciones de abordajes de estas.
  4. Dirigir, acorde a los lineamientos de la Secretaría de Prospectiva e Integración Territorial, los programas de capacitación dirigidos a los servidores públicos municipales, veedores ciudadanos y comunidad en general, en materia de su competencia.
  5. Promover la cooperación entre los municipios y el Departamento en los procesos de descentralización, desconcentración y delegación administrativa, en coordinación con las dependencias, organismos y entidades descentralizadas del orden Departamental.
  6. Tramitar las novedades y situaciones administrativas del desempeño laboral de los alcaldes municipales y de los notarios de segunda y tercera categoría de la jurisdicción del Departamento, de conformidad con la delegación del Gobernador.
  7. Conocer y tramitar de las faltas absolutas y temporales de los notarios de segunda y tercera categoría de la jurisdicción del Departamento, así como de los trámites establecidos para proveer el cargo.
  8. Realizar la revisión de los actos administrativos municipales en el ejercicio del control constitucional de tutela que corresponde al Gobernador.
  9. Atender y dar respuestas a requerimientos por parte de los distintos municipios de asistencia técnica y proponer actividades de capacitación, destinadas al ámbito de la Municipalidad y Comisiones de Fomento Participativo.
  10. Brindar apoyo y orientación jurídica sobre el ejercicio de la gestión pública a los servidores públicos de los municipios del Departamento. 
  11. Prestar asesoría jurídica, técnica, fiscal y administrativa a los municipios del Departamento, para la formalización y saneamiento de la propiedad de predios baldíos y fiscales en el área urbana y de utilidad pública, en el área rural.
  12. Articular con diversas entidades el desarrollo conjunto, eficiente y eficaz de los planes, programas y proyectos de formalización de predios baldíos y fiscales que permitan gestionar los insumos técnicos y jurídicos necesarios para el desarrollo de dichos programas.
  13. Diseñar y administrar una base de datos con información estadística y geográfica del estado en que se encuentran cada uno de los predios, que sirva de insumos para los estudios y toma de decisiones de las demás dependencias y entidades de la administración departamental y municipal.
  14. Promover la celebración de convenios de cooperación, o contratos interadministrativos que fortalezcan los procesos de formalización de predios fiscales de los municipios del Departamento de Cundinamarca, con entidades del orden Nacional e Internacional que faciliten la consecución de recursos y transferencia de conocimiento, tecnología y buenas prácticas, que permitan financiar y apalancar los planes, programas y proyectos de formalización de predios.
  15. Realizar la difusión de programas de formalización predial en Cundinamarca en pro del fortalecimiento de la cultura de la legalidad de la propiedad inmobiliaria.
  16. Efectuar las demás acciones que los programas de formalización de predios baldíos y fiscales en el Departamento requieran y se relacionen con el propósito de la Dirección.

Son funciones de la Dirección de Justicia, Derechos Humanos y Paz, las siguientes:

  1. Coordinar con las entidades estatales y demás entidades competentes la promoción, difusión, protección y fortalecimiento de la cultura de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario y de paz.
  2. Promover una cultura de tolerancia, convivencia pacífica, concertación, diálogo, promoción y respeto de los derechos humanos, para la búsqueda y conservación de la paz en todo el territorio departamental, a través del desarrollo de iniciativas de paz y la implementación de políticas públicas en el marco de la normatividad vigente.
  3. Adelantar estrategias para la garantía y protección de la población retornada, refugiada y migrante en Cundinamarca.
  4. Establecer mecanismos y rutas de protección para los Lideres Defensores de Derechos Humanos en situación de riesgo o amenaza.
  5. Realizar acciones de protección de la población en riesgo de calle y habitante de calle que incluya un enfoque de prevención en el consumo de SPA.
  6. Adelantar acciones y programas para la resocialización y reinserción social efectiva de las personas privadas de la libertad.
  7. Velar por la garantía de los derechos de la población de especial protección, tales como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, discapacitados, comunidad afrodescendiente, indígenas y ROM con enfoque de Derechos Humanos.
  8. Formular e implementar el plan de libertad religiosa, cultos y conciencia que involucre a los sectores religiosos en la construcción del tejido social.
  9. Diseñar e implementar acciones para el fortalecimiento de las Comisarias de Familia en los municipios de Cundinamarca.
  10. Hacer seguimiento y reporte de las alertas tempranas emitidas por la Defensoría del Pueblo para el territorio departamental.

Consulte el Decreto Departamental 406 de 2024 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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