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Secretaría de la Mujer y Equidad de Género
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Funciones


Son funciones esenciales de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género, las siguientes:

  1. Formular e implementar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de equidad de género, eliminación y prevención de la violencia, maltrato y discriminación de las mujeres, acceso a la justicia y fomento de capacidades y procesos organizativos.
  2. Incorporar la perspectiva de género en los procesos de desarrollo departamental y municipal.
  3. Garantizar la transversalidad y territorialización de las políticas públicas de igualdad, equidad y no discriminación de las mujeres.
  4. Propender por la prevención y eliminación de discriminaciones contra las mujeres y la población LGTBIQ+, de manera concreta en los diferentes escenarios económicos, sociales, laborales y culturales.
  5. Promover, evaluar y hacer seguimiento al compromiso social por medio de estrategias y/o planes o programas con fines a alcanzar la equidad con enfoque de género.
  6. Efectuar estudios e investigaciones que permitan conocer la situación de las mujeres del Departamento y efectuar seguimiento a las políticas.
  7. Gestionar espacios que permitan adelantar acciones para la visibilidad y participación directa de las mujeres y la población LGTBIQ+ para garantizar su inclusión en los procesos de desarrollo del Departamento.
  8. Realizar seguimiento, monitoreo y evaluación a la ejecución de los recursos y programas definidos para la atención de las mujeres y la población LGTBIQ+.
  9. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los programas y proyectos en busca del cumplimiento de las metas y resultados esperados, en el marco del Plan de Desarrollo, en el cumplimiento de los derechos de las mujeres.
  10. Asistir técnicamente a los Municipios, a través de encuentros de pares, para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos destinados a las mujeres y la población LGTBIQ+.
  11. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento en el cumplimiento de los lineamientos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las mujeres.

  1. Son funciones del Secretario de la Mujer y Equidad de Género, las siguientes:

  2. Dirigir la formulación y ejecución de la política y los planes de acción inherentes a la Secretaría, y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.
  3. Dirigir y coordinar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración del Departamento de Cundinamarca y los objetivos y funciones esenciales específicas de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género.
  4. Ejercer bajo la orientación del Gobernador del Departamento, como principal responsable técnico y administrativo de las políticas de igualdad, equidad y no discriminación de las mujeres.
  5. Ejercer, bajo la orientación del Gobernador del Departamento las acciones que contribuyan al cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo.
  6. Asesorar al Gobernador del Departamento y a la Administración en general en las materias de su competencia.
  7. Orientar las líneas y programas de investigación y gestión del conocimiento que permitan conocer la situación de las mujeres del Departamento.
  8. Dirigir y coordinar la articulación de los recursos, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de los derechos de las mujeres.
  9. Dirigir las estratégicas que permitan el empoderamiento de la mujer rural Cundinamarquesa y el mejoramiento de su calidad de vida.
  10. Dirigir la asistencia técnicamente a los Municipios sobre los programas y proyectos destinados a las mujeres.
  11.  Revisar y recomendar modificaciones en las políticas, planes y programas de la administración departamental para asegurar la integración
  12. Dirigir y coordinar las actividades jurídicas, contractuales, presupuéstales, administrativas y financieras para la operatividad de la Secretaría.
  13. Promover, gestionar y coordinar la cooperación internacional pública y/o privada, por medio de alianzas estratégicas con gobiernos extranjeros, organismos y agencias de cooperación internacional y entidades nacionales para la consecución de recursos técnicos y financieros, así como la transferencia de conocimientos y tecnología para coadyuvar el desarrollo de planes, programas y proyectos a cargo de la Secretaría.

Son funciones de la Gerencia de Política Sectorial y del Cuidado, las siguientes:

  1. Coordinar y orientar la implementación, seguimiento, monitoreo, evaluación y actualización de la política pública de mujer, equidad de género e igualdad de oportunidades en el departamento, asegurando la transversalidad institucional, la articulación intersectorial y territorial y la implementación de instrumentos, para la ejecución de planes, programas y proyectos que contribuyan a garantizar los derechos de las mujeres.
  2. Gestionar y articular procesos y acciones con la academia, sector privado, entes nacionales e internacionales y demás organizaciones sociales en procura de generar alianzas estratégicas para el apoyo, fortalecimiento, posicionamiento y visibilización de las mujeres cundinamarquesas, favoreciendo la garantía de sus derechos y promoviendo la equidad de género en el departamento.
  3. Realizar la asesoría y coordinación interinstitucional para la incorporación de la perspectiva de género y su transversalización en los procesos de desarrollo departamental y municipal.
  4. Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Sistema Departamental del Cuidado, enfocado en el mejoramiento de la calidad de vida de las mujeres del departamento y el bienestar de la comunidad en general.
  5. Dirigir el observatorio de mujer y genero del departamento, como estrategia de gestión de la información que garantice la definición, medición y seguimiento de indicadores en articulación con diferentes sectores e instituciones, para la caracterización y el diagnóstico de la realidad de las mujeres y el seguimiento a las políticas públicas vigentes, encaminadas a la disminución de las de brechas de equidad de género en el departamento.
  6. Desarrollar procesos de análisis, consolidación, publicación y socialización de estudios e informes y gestión del conocimiento sobre el estado de los derechos de las mujeres en el departamento, para la toma de decisiones e implementación de acciones afirmativas encaminadas a lograr la equidad de género y el fortalecimiento personal, político, social, económico y cultural de las mujeres cundinamarquesas.
  7. Gestionar con los sectores de la Administración Central Departamental la incorporación de variables en los sistemas de información, que den cuenta de la inversión realizada en procura de la equidad de género e igualdad de oportunidades.
  8. Coordinar y orientar estrategias de comunicación encaminadas al reconocimiento, inclusión y visibilidad de los derechos de las mujeres contemplados en la política pública desde el enfoque diferencial, entre ellas, la sensibilización a través de los medios para la transformación de imaginarios sociales la equidad entre los géneros y demás procesos de incidencia social que ubiquen en la agenda pública la necesidad de atender, con acciones afirmativas, la realidad de las mujeres.

Son funciones de la Gerencia de Participación y Liderazgo, las siguientes:

  1. Asistir técnicamente a los Municipios, para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos destinados a fortalecer las instancias de participación y liderazgo de las mujeres.
  2. Fomentar servicios dirigidos a las mujeres del Departamento para su empoderamiento y el ejercicio de su ciudadanía.
  3. Implementar procesos de formación, capacitación y sensibilización para el fortalecimiento de la participación y liderazgo de las mujeres en los municipios con enfoque diferencial y de derechos.
  4. Brindar asistencia para fortalecer el funcionamiento de las casas sociales de la mujer en el departamento.
  5. Construir lineamientos e implementar procesos de formación con agentes corresponsables de la implementación, monitoreo y seguimiento de las políticas públicas de igualdad para las mujeres en el Departamento.
  6. Dirigir la escuela de liderazgo paz y género como herramienta pedagógica conceptual metodológica para la incidencia activa de las mujeres de los procesos de desarrollo local y departamental.

Son funciones de la Gerencia para la Prevención y Atención de las Violencias, las siguientes:

    1. Asistir técnicamente a los Municipios, para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos destinados a la atención, promoción y prevención de violencias basada en sexo o género.
    2. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento en el cumplimiento de los lineamientos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las mujeres.
    3. Adelantar actividades de información y difusión de estrategias de comunicación orientadas a la promoción de los derechos de las mujeres en los municipios del Departamento.
    4. Asesorar el desarrollo de intervenciones socio-jurídicas especializadas ante instancias judiciales y/o administrativas en los casos de vulneración de derechos de las mujeres.
    5. Implementar estrategias y acciones dirigidas a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias en el territorio del Departamento.
    6. Implementar y coordinar el servicio de acogida temporal a mujeres víctimas de violencias con sus hijas e hijos y personas dependientes.
    7. Formular y coordinar con las diferentes dependencias y/o entidades de la administración departamental la ejecución de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de equidad de género, eliminación y prevención de la violencia, maltrato y discriminación de las mujeres.

 

Son funciones de la Gerencia de Mujer Rural y Autonomía Económica, las siguientes:

  1. Impulsar a las iniciativas empresariales de la mujer rural a través de asistencia técnica, capital semilla, capacitación, acceso a servicios financieros y rutas de comercialización, en coordinación con las demás dependencias y entidades de la administración departamental, entidades del orden nacional, municipal y el sector privado.
  2. Promover el desarrollo de proyectos productivos y/o emprendimientos, apoyar técnicamente las diferentes formas de asociación liderados por las mujeres de Cundinamarca, con el fin de potencializar sus procesos, productos o proyectos.
  3. Apoyar las diferentes formas de asociación de las mujeres rurales en el Departamento de Cundinamarca, con el fin de promover su empoderamiento.
  4. Realizar la socialización de la estrategia de autonomía económica, a las mujeres Cundinamarquesas, para identificar y realizar seguimiento de los proyectos productivos de las mismas. 
  5. Ejecutar el levantamiento de bases de datos de los procesos adelantados desde la gerencia de mujer rural y autonomía económica de la Secretaría de la Mujer y Equidad de Género.

Son funciones de la Gerencia LGTBIQ+, las siguientes:

  1. Dirigir, articular y coordinar en la identificación, gestión e implementación de procesos y proyectos que favorezcan el cumplimiento de los derechos sociales especialmente de la comunidad LGBTBIQ+ del Departamento.
  2. Dirigir el estudio, formulación y aprobación de políticas sociales en el Consejo Departamental de Política Social, relacionadas con la comunidad LGBTIQ+ del Departamento.
  3. Apoyar el desarrollo y funcionamiento del Consejo Departamental de Política Social, realizando seguimiento y acompañamiento a las políticas públicas relacionadas con la comunidad LGBTIQA+.
  4. Identificar, gestionar e implementar procesos y proyectos que permitan avanzar en la garantía de los derechos sociales de la población más vulnerada en el Departamento y aquella de atención preferente según la constitución y las Leyes, especialmente la comunidad LGBTIQ+.
  5. Dirigir la formulación, implementación, seguimiento y evaluación a las políticas sociales del Departamento, dirigidas a la comunidad LGBTIQ+, con enfoque territorial de derechos y género.
  6. Liderar el estudio y aprobación de políticas sociales en el Consejo Departamental de Política Social, relacionadas con la comunidad LGBTIQ+.
  7. Gestionar espacios que permitan adelantar acciones para la visibilidad y participación directa de la comunidad LGBTIQ+, así como garantizar su inclusión en los procesos de desarrollo del Departamento.
  8. Brindar asesoría y asistencia técnica a los Municipios, en aras a favorecer la atención a población LGBTIQ+, para la atención efectiva, la participación y la articulación.

Consulte el Decreto Departamental 406 de 2024 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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