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imagen: Logo INSTITUTO DE PROTECCIÓN  Y BIENESTAR ANIMAL DE CUNDINAMARCA

Gerente

ELIANA MARGARITA RAMÍREZ ARENAS

ELIANA MARGARITA RAMÍREZ ARENAS

Declaración de bienes y rentas
eliana.ramirez@cundinamarca.gov.co

Médica Veterinaria de la Universidad de la Salle (2013). Magister en Agronegocios (2017). Internado en medicina interna y cirugía de equinos en la Universidad de Zurich y en la Universidad de Berna - Suiza. (2013). Secretaria de Desarrollo Económico, Ambiental y de Turismo en Alcaldía de Bituima - Cundinamarca (2014). Médico Veterinaria en Instituto Colombiano Agropecuario ICA, responsable de oficina Mosquera - Cundinamarca, responsable del programa de trazabilidad animal para los departamentos de Cundinamarca, Valle y Sucre y finalmente hizo parte del equipo de la Dirección técnica de inocuidad e insumos veterinarios, trabajando en los temas de Buenas Prácticas Ganaderas y Bienestar Animal (2015-2018). Gerente de Proyecto en el Fondo de Desarrollo de Proyectos de Cundinamarca Fondecun Entidad Pública descentralizada de orden departamental (2019). Directora de Producción y Competitividad Rural en Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de Cundinamarca(2020)  

Foto

MISIÓN


El Instituto Departamental de Protección y Bienestar Animal de Cundinamarca, tendrá como misión garantizar la protección y el bienestar de los animales en el Departamento a través de la creación y ejecución de la política Departamental de Protección y Bienestar Animal, de la elaboración, ejecución, coordinación, gestión, inspección, vigilancia, evaluación y seguimiento de planes, proyectos, programas e iniciativas, que promuevan la participación ciudadana, el fortalecimiento de las Juntas Defensoras de Animales, la gestión de los municipios, y demás actores de la sociedad, con acciones que busquen la protección, la defensa y el respeto hacia los animales, basados en el concepto de “Un Solo Bienestar”; con base en la política de Protección y Bienestar Animal del Gobernador del Departamento y en cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales que regulan la materia.



OBJETO

ARTÍCULO 5°. Objetivos. Son objetivos del Instituto Departamental de Protección y Bienestar Animal de Cundinamarca:

  1. Liderar y atender todo lo relativo a la formulación, puesta en marcha y ejecución de la Política de Protección y Bienestar Animal del Departamento de Cundinamarca.
  2. Elaborar, coordinar, vigilar, evaluar y hacer seguimiento de la ejecución e implementación de los planes, programas y proyectos encaminados a la protección y el bienestar de la fauna silvestre y doméstica que habita en el Departamento de Cundinamarca.
  3. Crear, liderar, coordinar y presidir la Mesa Departamental de Protección y Bienestar Animal.
  4. Crear, liderar, coordinar y presidir el Consejo Técnico Departamental de Bienestar Animal.
DECRETO 428- 25 SEPTIEMBRE 2020- POR EL CUAL SE CREA EL INS PROTECCION ANIMAL CUNDINAMARCA -IPYBAC

OBJETIVOS MISIONALES


  • Promocionar el territorio mediante la consolidación de alianzas intra e interinstitucionales para el fomento de redes que fortalezcan los eslabones de la cadena de valor de los sectores productivos.
  •  Formular y participar de la ejecución de proyectos de comercialización y de promoción de mercados, mediante el soporte de estudios de inteligencia de mercados y de otros de tipo técnico, que impulsen la comercialización.
  •  Participar, gestionar, negociar y asesorar en los procesos de gestión e implementación de proyectos de competitividad e innovación, con la finalidad de promover las aglomeraciones productivas y los territorios competitivos del Departamento.


foto: cuidado caballo

FUNCIONES

ARTÍCULO 6°. Funciones. Para el cumplimiento de sus objetivos, el Instituto Departamental de Protección y Bienestar Animal de Cundinamarca, cumplirá las siguientes funciones:

  • Formular, implementar, desarrollar, coordinar, vigilar, evaluar y efectuar el seguimiento a la Política de Protección y Bienestar Animal en el departamento.
  • Efectuar la coordinación intersectorial e interinstitucional, y generar los espacios de participación ciudadana, en aras de abordar todos los temas necesarios en favor de los animales del departamento.
  • Velar por la prevención de maltrato hacia los animales del departamento de Cundinamarca; articular con los municipios y demás entidades competentes al igual que hacer seguimiento de la correcta implementación de la ley 84 de 1989 “Estatuto Nacional de Protección y Bienestar Animal”, de la ley 1774 del 2016, y demás normatividad vigente que refiera acciones y/o deberes institucionales en favor de los animales del departamento.
  • Realizar actividades de Inspección, Vigilancia y Control a los prestadores de servicios para y con animales en lo concerniente al bienestar de los animales del Departamento de Cundinamarca.   
  • Crear, fomentar, coordinar e implementar programas de capacitación y educación con entidades municipales, Juntas Defensoras de Animales legalmente constituidas, la comunidad y demás actores relacionados con este proceso, con el ánimo de generar una cultura ciudadana que respete la vida de los animales, bajo el concepto mundial de “Una Sola Salud” y “Un Solo Bienestar”.
  • Generar estrategias de articulación para el desarrollo de proyectos de interés común con las diferentes instancias y organizaciones de los gobiernos nacional y departamental, con el fin de atender las necesidades de protección y bienestar animal del Departamento de Cundinamarca.
  • Crear, fomentar, coordinar e implementar estrategias humanitarias para el manejo de poblaciones de animales domésticos en condición de calle y animales ferales del Departamento de Cundinamarca.
  • Promover e incentivar en las producciones pecuarias del Departamento de Cundinamarca la aplicación de los parámetros internacionales de bienestar animal.
  • Liderar, coordinar y presidir las sesiones y actividades de la Mesa Departamental de Protección y Bienestar Animal.
  • Liderar, coordinar y presidir las sesiones y actividades del Consejo Técnico Departamental de Bienestar Animal.
  • Proponer, ejecutar y/o acompañar proyectos de investigación que contribuyan a generar conocimiento y hábitos de respeto de los ciudadanos y demás actores hacia los animales.
  • Celebrar convenios y/o contratos con entidades públicas y/o privadas para el manejo de asuntos inherentes a la protección y bienestar animal en el Departamento de Cundinamarca.
  • Brindar acompañamiento técnico en temas relacionados con bienestar animal a las diferentes entidades y/o autoridades de carácter municipal y nacional, con el fin de orientar acciones encaminadas a promover y garantizar el bienestar de todos los animales del Departamento de Cundinamarca.
  • Evaluar y realizar seguimiento periódicamente al desarrollo de los planes, programas y proyectos a su cargo y definir las acciones a seguir.
  • Preparar los actos, contratos, convenios y procesos públicos para el ejercicio de las funciones a su cargo.
  • Acompañar a las Juntas Defensoras de Animales legalmente constituidas en el Departamento de Cundinamarca con programas de capacitación, asesoría técnica y jurídica para garantizar un mejor desarrollo de sus funciones.
  • Gestionar ante instancias del sector público, privado, o mixto, nacionales o internacionales, la consecución de recursos, asesoría y transferencia de tecnología que contribuya al logro de los objetivos encomendados al Instituto Departamental de Protección y Bienestar Animal de Cundinamarca.
  • Diseñar herramientas y procesos de innovación y tecnología que mejoren las condiciones de vida de los animales del departamento.
  • Las demás que le sean asignadas y correspondan a su objeto.

PRINCIPIOS


  • Que el artículo 3 “ibídem, dispone los principios que debe orientar la protección y el bienestar de los animales en todo el territorio del país en los siguientes términos:

    “a) Protección al animal. El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel;

    b) Bienestar animal. En el cuidado de los animales, el responsable o tenedor de ellos asegurará como mínimo:

    1. Que no sufran hambre ni sed;

    2. Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor;

    3. Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido;

    4. Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés;

    5. Que puedan manifestar su comportamiento natural;

    c) Solidaridad social. El Estado, la sociedad y sus miembros tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física.

    Asimismo, tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, crueldad y violencia contra los animales; también es su deber abstenerse de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos y denunciar aquellos infractores de las conductas señaladas de los que se tenga conocimiento.



foto: principios

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