Oficina de Control Interno

Funciones


Son funciones esenciales de la Oficina de Control Interno, además de las señaladas en la Ley 87 de 1993, las siguientes:

  1. Informar los resultados de los ejercicios de auditoría con sugerencias estratégicas para la toma de decisiones de la primera línea de defensa, así como revisar, evaluar y verificar el sistema de control interno, el diseño y funcionamiento eficaz de los controles que favorecen la consecución de los objetivos institucionales; además de brindar asesoría y alertas a la alta dirección en prevención y mitigación de riesgos asociados a los procesos, programas o proyectos que desarrolla la entidad y que pueden afectar el cumplimiento misional.

  2. Brindar asesoría y acompañamiento para mejorar la eficiencia y efectividad del Sistema de Control Interno en temas como gestión del riesgo, planes de mejoramiento y esquemas de líneas de defensa, con el fin de generar una cultura de control efectiva para el logro de los objetivos, mediante la sensibilización y sugerencia de mejoras significativas para la gestión institucional.

  3. Identificar, generar y reportar alertas que puedan abrir brechas en la gestión, las cuales se materializan en errores, retrasos e incumplimientos, a fin de fortalecer el enfoque preventivo.

  4. Asesorar en la identificación, diseño, valoración y gestión de la administración del riesgo del sector central para asegurar que los riesgos clave, estratégicos y de otras tipologías cuenten con controles adecuadamente definidos y sean gestionados eficazmente para la consecución de los objetivos institucionales.

  5. Evaluar el estado actual de la gestión del riesgo institucional, desde la estructura de la política de administración del riesgo, sus niveles de implementación y los resultados en relación con los eventos o materializaciones evidenciadas, información esencial para determinar la efectividad de las actividades de control establecidas por la entidad.

  6. Realizar evaluación independiente y emitir un concepto acerca del funcionamiento del sistema de control interno, de la gestión desarrollada y de los resultados alcanzados por la entidad, que permita generar recomendaciones y sugerencias que contribuyan al fortalecimiento de la gestión y desempeño de la entidad.

  7. Elaborar y entregar los informes de ley establecidos por regulación externa, con el fin de agregar valor público y realizar seguimiento y evaluación de los planes de mejoramiento del sector central del Departamento de Cundinamarca, con base en los resultados de las auditorías internas y externas realizadas por los entes de control.

  8. Ejecutar el Plan Anual de Auditoría mediante la priorización del universo de auditoría basado en riesgos, ciclo de rotación de auditorías, informes y seguimientos de ley, requerimientos de la Alta Dirección y las actividades de cada rol de la Oficina de Control Interno, para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos y control en el marco del sistema de control interno.

  9. Brindar asesoría, atención a requerimientos y generar alertas oportunas a los líderes de los procesos o responsables del suministro de información en el marco de ejercicios de vigilancia y control fiscal, indagaciones preliminares o procesos de responsabilidad fiscal, para evitar la entrega de información no acorde o inconsistente con las solicitudes del organismo de control.

  10. Proporcionar acompañamiento para la atención armónica de los procesos de auditoría realizados por el organismo de control, así como la rendición de informes en las aplicaciones dispuestas por dichos organismos.

Consulte el Decreto Departamental 406 de 2024 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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