Logo de la Gobernación de Cundinamarca
Oficina de Control Interno

Funciones


Son funciones esenciales de la Oficina de Control Interno, además de las señaladas en la Ley Nº 87 de 1993, las siguientes :

1. Proporcionar información sobre la efectividad del sistema de control interno (SCI) y generar las recomendaciones que contribuyan a su mejoramiento y optimización, a través de un enfoque basado en el riesgo. 

2. Establecer el Plan Anual de Auditoría basado en riesgos, priorizando aquellos procesos o unidades auditables que tienen mayor nivel de exposición al riesgo.

3. Evaluar el Sistema de Control Interno de la Administración Central del Departamento de Cundinamarca, generando recomendaciones que contribuyan a su mejoramiento, mediante la ejecución de auditorías , seguimientos  y evaluaciones a los procesos, dependencias, proyectos y en general a la gestión de la entidad.

4. Evaluar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

5. Asesorar a la Alta Dirección y a los servidores públicos de la administración central departamental en metodologías, herramientas y técnicas para la administración de los riesgos y controles en coordinación con la segunda línea de defensa .

6. identificar y advertir aquellos aspectos que se consideren una amenaza para el cumplimiento de los objetivos y metas de los procesos y de la entidad territorial o que generen una alerta de probabilidad de riesgo de fraude o corrupción significativo.

7. Verificar que los controles están diseñados e implementados de manera efectiva y operan como se pretende para controlar los riesgos y suministrar recomendaciones para mantener y mejorar la eficacia de los controles.

8. Brindar asesoría , acompañamiento y orientación técnica a la Alta Dirección y en general a todos los servidores públicos de la Administración Central del Departamento en los temas de su competencia , proporcionar metodologías, conocimientos específicos, mejores prácticas de gestión y opiniones no vinculantes , soportadas en la experticia y conocimiento propio del quehacer de la Oficina de Control Interno.

9. Adelantar actividades de sensibilización y capacitación sobre temas transversales de su competencia, tales como: sistema de control interno, riesgos con énfasis en controles y administración o gestión de estos, prevención del fraude, medición del desempeño institucional, entre otros.

10. Motivar, en el departamento de Cundinamarca, la generación de propuestas de mejoramiento institucional y asesorar el desarrollo de mecanismos que faciliten la autoevaluación del control.

11. Desarrollar diagnósticos que permitan identificar tanto los aspectos que favorezcan, como aquellos que dificulten el logro de los objetivos y resultados institucionales para orientar las actividades de enfoque hacia la prevención que desarrolla la Oficina.

12. Servir como puente entre los entes externos de control y la administración central departamental, para facilitar el flujo de información con dichos organismos. 

13. Brindar asesoría y acompañamiento a la Alta Dirección y a los demás servidores de la Administración Central del Departamento con el fin de que se responda de manera oportuna, confiable, veraz y consistente a los requerimientos de los entes externos de control.

14. Atender los requerimientos de los entes de Control con relación a la operación del Sistema de Control Interno de la Administración Central del Departamento de Cundinamarca.

15. Asesorar a las líneas de defensa en temas relacionados con la disponibilidad, confiabilidad, integridad y seguridad de la información interna y externa requerida para llevar a cabo las responsabilidades de control interno de la Administración Central del departamento de Cundinamarca y recomendar mejoras o implementación de nuevos controles y salvaguardas.

16. Presentar informes sobre los resultados de las auditorias adelantadas y la evaluación efectuada a la operación de la primera y segunda línea de defensa que incorpore las debilidades , riesgos y oportunidades de mejora.

17. Brindar asesoría a la Alta Dirección y al comité institucional de coordinación de control Interno el que haga sus veces en la gestión de los riesgos de la entidad, producto de su evaluación independiente y objetiva.

18. Analizar ,  en  desarrollo  de  su  evaluación  independiente  y  objetiva,  las  variaciones  del ambiente de control y del contexto estratégico, identificando procesos críticos, controles y servicios que puedan tener un impacto significativo en el cumplim iento de los objetivos institucionales.

19. Diseñar e implementar estrategias para posicionar la función de la Oficina de Control Interno al interior de la Administración Central del Departamento y propiciar el intercambio de mejores prácticas y la  mejora continua del ejercicio de auditoría interna en las entidades descentralizadas y en los municipios de su jurisdicción. 

20. Brindar asistencia técnica en los temas de su competencia a las entidades del sector descentralizado del Departamento y a los municipios de su jurisdicción con el fin de fortalecer las competencias de las oficinas de control interno.

21. Ejercer la secretaría técnica del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno o el que haga sus veces. 

22. Ejercer la presidencia del Comité Departamental de Auditoría o el que haga sus veces.

Consulte el Decreto Departamental 406 de 2024 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Seleccione esta opción como atajo para volver al inicio de esta página.