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Señor Constructor


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     INFORMACIÓN PARA CONSTRUCTORES

 

Ordenanza N ° 093 de 2022  "Por la solicitud establece una exención en el pago del impuesto de registro a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda otorgado por el gobierno nacional, o por cajas de compensación familiar aplicadas a proyectos de vivienda de interés social y Vivienda de interés Prioritario VIP en el Departamento de Cundinamarca"  

 

Ordenanza N ° 003 de 2020 "Por la solicitud establecida una exención en el pago del impuesto de registro a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda otorgado por el gobierno nacional, o por cajas de compensación familiar aplicadas a proyectos de vivienda de interés social - VISIÓN y Vivienda de interés Prioritario VIP en el Departamento de Cundinamarca "

 

Circular N°013 de 2020 "SOCIALIZACIÓN ORDENANZA No. 027 DE 2020 MEDIANTE LA CUAL SE PRÓRROGA EL TÉRMINO DE LA ORDENANZA No. 003 DE 2020 - EXENCIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO DE REGISTRO Y FECHA LIMITE DE RADICACION DE SOLICITUDES POR FIN DE AÑO"

Consulta previamente el procedimiento ->

 

CONDICIONES DE PROYECTO

 

Proyecto VIS/VIP o proyectos individuales para construcción en sitio propio - víctimas de conflicto armado (VCA) - registrados en la Secretaría de Hábitat y Vivienda de Cundinamarca, con licencia de construcción otorgada en uno de los 116 MUNICIPIOS del Departamento de Cundinamarca.

 

TRÁMITE

1.  Descargar y Diligenciar Formulario: 

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M-PDDS-FR-039 "REGISTRO PROYECTO DE VIVIENDA VIS / VIP PARA SOLICITUD EXENCIÓN DEL PAGO DE IMPUESTO DE REGISTRO"

__________________________________________________________________________________________

2.  Radicar Formulario y los siguientes anexos:

En caso de proyectos:

+ Licencia de construcción.
Cédula del representante legal (Documentos que lo acrediten).
+ Certificado de tradición y libertad.

En caso de proyectos individuales (Víctimas del Conflicto Armado - VCA):

 

Licencia de construcción.
+ Cédula del propietario del proyecto.

Todo debe ser enviado al correo:  exencionpagoimpuestoregistro@cundinamarca.gov.co 

Con base en lo anterior 

+  El registro de proyectos VIS o VIP se realiza exclusivamente para la verificación por parte de la Secretaria de Hábitat y Vivienda de Cundinamarca, de información de adquisición de una vivienda de interés social VIS o VIP con aplicación de subsidio familiar de vivienda, lo anterior en el marco de las ordenanzas vigentes.

+  En cumplimiento de condiciones del proyecto, este es registrado en “ Base de datos para el registro de proyecto de vivienda VIS / VIP para solicitud de exención de pago de registro ” que administra la Secretaría de Hábitat y Vivienda de Cundinamarca.

 

 

RESTRICCIONES

DE CONFORMIDAD CON LA ORDENANZA N ° 003 DE 2020

 

Las " Solicitudes de exención de pago del impuesto de registro departamental ", pueden presentarse hasta el día.

 

A.  La exención de pago del impuesto de registro solo opera sobre los actos de inscripción de hogares adquiridos de vivienda con subsidio familiar de vivienda en proyectos afectados en uno de los 116 municipios de Cundinamarca. Esta exención  NO  opera sobre actos de inscripción de hogares adquiridos de viviendas en Bogotá D.C.

B.  La exención de pago del impuesto de registro,  NO  opera sobre actos de inscripción que realicen hogares con ingresos superiores a cuatro (4) SMMLV, beneficiarios del Subsidio a la tasa de interés “Mi Casa Yá”.

C.  La exención de pago del impuesto de registro,  NO  opera sobre actos de inscripción que realicen hogares adquiridos de vivienda VIS o VIP  SIN  Subsidio de Vivienda.

D.  La exención del pago del impuesto de registro,  NO  opera sobre actos de inscripción que realicen hogares que ya han sido beneficiarios de la exención del pago del impuesto de registro departamental para la adquisición de vivienda VIS-VIP.

E.  La exención de pago del impuesto de registro,  NO  opera sobre actos de inscripción que ya fueron inscritos.

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