Funciones


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Son funciones esenciales de la Secretaría de Prensa y Comunicaciones, las siguientes:

1. Definir, dirigir y vigilar la aplicación de la política de información y comunicación de la Entidad Territorial.

2. Diseñar, dirigir y monitorear el Plan Estratégico de Comunicaciones de la Entidad Territorial.

3. Diseñar, dirigir y monitorear el Plan de Promoción, Fortalecimiento y Consolidación de la imagen del Departamento.

4. Asesorar al Gobernador, a los Secretarios de Despacho, gerentes y en general a los funcionarios de las diferentes dependencias de la Administración Departamental en su relacionamiento con medios de comunicación.

5. Dirigir la producción y difusión de contenidos periodísticos y otros formatos comunicativos, así como campañas que mantengan informados de manera clara, oportuna y eficaz a los diferentes grupos de interés de la Entidad acerca de la gestión, programas y proyectos que adelanta.

6. Asesorar la construcción, promoción y posicionamiento de las diferentes marcas de la administración departamental, así como supervisar la correcta aplicación de la imagen corporativa.

7. Asesorar el enfoque conceptual y de ejecución en la realización de los diferentes contenidos y piezas de comunicación solicitados y/o propuestos por las diferentes entidades y dependencias de la administración departamental.

8. Dirigir la elaboración y promoción de contenidos gráficos y audiovisuales, así como campañas de comunicación que permitan posicionar la imagen del departamento entre sus diferentes grupos de interés.

9. Definir, dirigir y administrar mecanismos y canales de comunicación tanto internos como externos que permitan divulgar la información producida por la Administración Departamental.

10. Dirigir el Centro de Producción Audiovisual y la Emisora del Departamento.

11. Establecer, dirigir y administrar mecanismos de monitoreo que permitan establecer la percepción de la opinión pública respecto de la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por el Departamento.

12. Dar respuesta oportuna a las solicitudes de información de los diferentes grupos de interés, así como rectificar oportunamente toda información inexacta que circule sobre el Departamento o que se encuentre relacionada con la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por la Entidad Territorial.

13. Dirigir y orientar las estrategias de comunicación de crisis cuando se requiera con el fin de minimizar el impacto negativo generado por información inexacta o tendenciosa contra la Administración Departamental.

14. Determinar con las dependencias y entidades del sector central y descentralizado los procedimientos de comunicación que permitan la generación de la información y comunicación que por mandato legal le corresponde al Departamento suministrar a los órganos de control.

15. Propender el suministro de información veraz y oportuna para el proceso de rendición de cuentas públicas y que ésta sea comunicada de manera efectiva a través de los canales correspondientes.

16. Establecer mecanismos y estrategias de comunicación que permitan aumentar la participación de las comunidades del Departamento en la formulación e implementación de políticas públicas, así como la recolección y registro de información con destino a los funcionarios de la administración con el fin de que esta incida y facilite una mejor toma de decisiones.

17. Asesorar y facilitar la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación en el Departamento, que permitan aumentar la participación y el control ciudadano.

Son funciones del Despacho del Secretario de Prensa y Comunicaciones , las siguientes:

1. Dirigir y controlar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración Departamental, como primer responsable técnico y administrativo en el desarrollo de las políticas de divulgación y comunicación interna y externa del Departamento.

2. Definir, liderar y realizar seguimiento al desarrollo y aplicación de la política de información y comunicación de la Entidad Territorial.

3. Dirigir y monitorear el Plan Estratégico de Comunicaciones de la Entidad Territorial.

4. Dirigir y monitorear el Plan de Promoción, Fortalecimiento y Consolidación de la Imagen del Departamento.

5. Dirigir y realizar seguimiento y control a los diferentes mecanismos y canales de comunicación tanto internos como externos que permitan divulgar la información producida por la Entidad.

6. Definir y orientar las estrategias de comunicación de crisis cuando se requiera con el fin de minimizar el impacto negativo generado por información inexacta o tendenciosa contra la Administración Departamental.

7. Coordinar con las entidades y dependencias del sector central y descentralizado los procedimientos de comunicación que permitan la generación de la información y comunicación que por mandato legal le corresponde al Departamento suministrar a los órganos de control.

8. Velar por el suministro de información veraz y oportuna para el proceso de rendición de cuentas públicas y que ésta sea comunicada de manera efectiva a través de los canales correspondientes.

9. Dirigir los planes de acción de la Secretaría de Prensa y Comunicaciones y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.

10 Dirigir y coordinar las acciones para ofrecer la asistencia técnica a las entidades descentralizadas y municipios del Departamento en materia de comunicaciones.

Son funciones de la Dirección de Medios Audiovisuales, las siguientes:

1. Producir y difundir contenidos periodísticos y otros formatos comunicativos, así como campañas que mantengan informados de manera clara, oportuna y eficaz a los diferentes grupos de interés de la Entidad acerca de la gestión, programas y proyectos que adelanta.

2. Asesorar el enfoque conceptual y de ejecución en la realización de los diferentes contenidos y piezas de comunicación solicitados y/o propuestos por las diferentes entidades de la administración departamental.

3. Elaborar y promover contenidos gráficos y audiovisuales, así como campañas de comunicación que permitan posicionar la imagen del Departamento entre sus diferentes grupos de interés.

4. Diseñar, implementar y administrar los mecanismos y canales de comunicación de su competencia, tanto internos como externos que permitan divulgar la información producida por la Entidad Territorial.

5. Dirigir y administrar el Centro de Producción Audiovisual y la Emisora del Departamento.

6. Determinar con las entidades del sector central y descentralizado los procedimientos de comunicación que permitan la generación de la información y comunicación que por mandato legal le corresponde suministrar al Departamento a los órganos de control.

7. Diseñar mecanismos y estrategias de comunicación desde el ámbito de su competencia, que permitan aumentar la participación de las comunidades del Departamento en la formulación e implementación de políticas públicas, así como la recolección y registro de información con destino a los funcionarios de la administración con el fin de que esta incida y facilite una mejor toma de decisiones.

8. Asesorar y facilitar la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación en el Departamento, que permitan aumentar la participación y el control ciudadano, desde el ámbito de su competencia.

Son funciones de la Dirección de Mercadeo y Comunicaciones, las siguientes:

1. Diseñar, implementar y vigilar la aplicación de la política de información y comunicación de la Entidad.

2. Diseñar, ejecutar y monitorear el Plan Estratégico de Comunicaciones de la Entidad.

3. Diseñar, ejecutar y monitorear el Plan de Promoción, Fortalecimiento y Consolidación de la imagen del Departamento.

4. Asesorar al Gobernador, a los Secretarios de Despacho, gerentes y en general a los funcionarios de las diferentes dependencias de la Administración Departamental en su relacionamiento con medios de comunicación.

5. Asesorar la construcción, promoción y posicionamiento de las diferentes marcas de la administración departamental, así como supervisar la correcta aplicación de la imagen corporativa.

6. Diseñar, implementar y administrar los mecanismos y canales de comunicación de su competencia, tanto internos como externos que permitan divulgar la información producida por la Entidad Territorial.

7. Diseñar, implementar y administrar mecanismos de monitoreo de su competencia que permitan establecer la percepción de la opinión pública respecto de la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por la Entidad.

8. Dar respuesta oportuna a las solicitudes de información de los diferentes grupos de interés, así como rectificar oportunamente toda información inexacta que circule sobre el Departamento o que se encuentre relacionada con la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por el Departamento.

9. Implementar estrategias de comunicación de crisis cuando se requiera con el fin de minimizar el impacto negativo generado por información inexacta o tendenciosa contra la Administración Departamental.

10. Determinar con las entidades del sector central y descentralizado los procedimientos de comunicación que permitan la generación de la información y comunicación que por mandato legal le corresponde suministrar al Departamento a los órganos de control.

11. Coordinar con las dependencias y entidades del Departamento, en articulación con la Secretaría de Planeación, el suministro de información para el proceso de rendición de cuentas públicas y que ésta sea comunicada de manera efectiva a través de los canales correspondientes.

12. Diseñar mecanismos y estrategias de comunicación desde el ámbito de su competencia, que permitan aumentar la participación de las comunidades del Departamento en la formulación e implementación de políticas públicas, así como la recolección y registro de información con destino a los funcionarios de la administración con el fin de que esta incida y facilite una mejor toma de decisiones.

13. Asesorar y facilitar la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación en el Departamento, que permitan aumentar la participación y el control ciudadano, desde el ámbito de su competencia.

Consulte el Decreto Departamental 510 de 2022 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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