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La Gobernación de Cundinamarca garantiza el suministro de alimentación escolar

 

La Gobernación de Cundinamarca garantiza el suministro de alimentación escolar

En el propósito del departamento de Cundinamarca de iniciar la implementación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en las Instituciones Educativas oficiales de los 109 municipios no certificados del departamento, que beneficia a 172.259 niños, niñas y adolescentes durante 88 días del calendario escolar 2018, con un presupuesto superior a los $32.370 millones asignado por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) y el gobierno departamental, la Secretaría de Educación de Cundinamarca se permite informar:

  • Para lograr la implementación del PAE y obrando con absoluta planeación y responsabilidad, desde septiembre de 2017 la entidad adelantó actividades administrativas y precontractuales, entre ellas la presentación y aprobación por parte de la Asamblea Departamental de las vigencias futuras excepcionales, las cuales fueron aprobadas mediante Ordenanzas 041 del 1 de septiembre de 2017 y 049 del 10 de noviembre de 2017.
  • Desde el 30 de noviembre de 2017, la Secretaría de Educación Departamental publicó y tramitó, a través del SECOP, el respectivo proceso licitatorio N° SE-LP-022-2017, mediante el cual se buscaba adjudicar la contratación que permitiera suministrar a los niños y jóvenes el servicio de alimentación escolar, desde su primer día del calendario académico.
  • Cumpliendo con nuestro Pacto de Transparencia, la Gobernación de Cundinamarca informó desde el montaje de la licitación y mantuvo informado durante su desarrollo a la Procuraduría General de la Nación. 
  • Observados con rigor la totalidad de requisitos jurídicos y normativos aplicables a los procesos licitatorios de esta naturaleza y, adicionalmente, los concernientes a los lineamientos técnicos PAE emitidos por el Ministerio de Educación Nacional, se llevó a cabo el pasado 16 de enero de 2018 el cierre del proceso precontractual, en virtud del cual se allegaron tres ofertas por parte de las compañías: Unión temporal PAE Cundinamarca 2018, Fundación Vive Colombia y Unión temporal Grupo SSM 2018.
  • Atendiendo el trámite legal y aplicando el proceso de verificación de requisitos habilitantes, así como el proceso de evaluación y asignación de puntajes, se emitió el correspondiente informe, que una vez publicado en el SECOP, fue sujeto -como es natural y viable- de las respectivas observaciones y objeciones por parte de los interesados en el proceso.
  • En los términos de ley fue fijada la fecha y la hora para llevar a cabo la audiencia pública de adjudicación o desierto del proceso, audiencia que contó con la presencia del delegado de la Procuraduría General de la Nación, por solicitud oficiosa de esta Gobernación. Esta audiencia ha sido sujeta de necesarias suspensiones en cuatro ocasiones, motivadas en el principio y deber superior de resolver con absoluta profundidad, rigor y disciplina las observaciones que fueron presentadas por los participantes en el proceso.
  • En audiencia pública adelantada el día de hoy, miércoles 14 de febrero de 2018, y luego de haber agotado el ejercicio detallado de análisis de las observaciones elevadas, el comité evaluador del proceso en mención recomendó al ordenador del gasto declarar el desierto del referido proceso, con ocasión de la incursión por parte de los oferentes participantes en causales de rechazo consagradas previa y taxativamente en el pliego de condiciones vigente.
  • Con fundamento en lo anterior, la Secretaría de Educación ha proferido la Resolución de Declaratoria de Desierto N° 1745 del 14 de febrero de 2018.
  • La Gobernación de Cundinamarca ha sido y es la principal interesada y preocupada por garantizar que los estudiantes del departamento gocen del servicio de alimentación escolar con calidad y de la forma más oportuna posible. Por esta razón, y conforme con el cronograma inicial del proceso estructurado por la entidad (divulgado a través del SECOP), la fecha proyectada inicialmente para la adjudicación y el consecuente inicio del programa resultaba concordante con el inicio del calendario escolar.
  • No obstante, aplica sobre la entidad el deber superior e irrestricto de adelantar sus actuaciones precontractuales con absoluto rigor a todos y cada uno de los postulados normativos consagrados en materia precontractual por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015. Si bien resulta indudable la relevancia y la necesidad de proveer el servicio de alimentación escolar de forma oportuna, resulta también cierto el deber legal de garantizar la estricta juridicidad, tratándose de la adjudicación de recursos públicos a través de contratos estatales.
  • En virtud de lo anterior y en aplicación al principio de legalidad, el Gobierno departamental -una vez se encuentre en firme la declaratoria de desierta de la licitación referida- procederá públicamente (a través del SECOP y atendiendo cada uno de los cánones normativos aplicables) a llevar a cabo un nuevo proceso precontractual abreviado, que concluya de forma definitiva con la adjudicación del contrato, permitiendo satisfacer la necesidad de nuestra comunidad estudiantil cundinamarquesa.

La totalidad de la información, así como el detalle de todos los pormenores acaecidos y las actuaciones desplegadas por la Secretaría de Educación, en relación con el proceso aquí tratado, ha estado desde su origen siempre disponible para consulta y descarga de documentos en el portal único de contratación pública SECOP, como también en el micrositio web de la Secretaría de Educación, en cumplimiento a lo normado por la Ley sobre acceso a la información pública.

Cundinamarca, 14 de febrero de 2018

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