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Ampliado plazo para elección de representantes del Comité de Libertad Religiosa

  • El próximo 6 de agosto es la nueva fecha límite para participar en la convocatoria.
  • Se invita a los 116 municipios cundinamarqueses a que deleguen a sus representantes.

 

(Cundinamarca, 16 de julio de 2021) La Gobernación departamental amplió el plazo para participar en la elección de representantes del Comité de libertad religiosa de cultos y conciencia, de acuerdo con lo establecido por el Decreto 066 del 27 de febrero de 2019.

 

En ese sentido, el próximo 6 de agosto vence el plazo para que los 116 municipios del Departamento deleguen a sus representantes a la elección de quienes integrarán este Comité Departamental, bajo los siguientes parámetros:

 

Entidades y organizaciones del sector religioso:

a. Un representante de cada federación o confederación religiosa, legalmente reconocida y con presencia en el Departamento.

b. Un representante de cada una de las confesiones religiosas e iglesias reconocidas por el Estado que no se encuentren integradas en ninguna organización, asociación, federación o confederación que tenga presencia en el Departamento.

c. Un representante de cada una de las asociaciones, federaciones que tengan presencia en el departamento.

d. Un representante de cada una de las organizaciones de inspiración religiosa reconocidas por el Estado, que tengan presencia en el departamento y/o con trabajo social en el Departamento

 

Así mismo, el gobierno cundinamarqués convoca a las Entidades Religiosas (ER), Organizaciones Sociales del Sector Religioso (ORS), Federaciones, Confederaciones y Comités de Libertad Religiosa del Departamento, para que elijan su representante conforme a los sectores descritos a continuación:

 

Entidades Religiosas: organizaciones con personería jurídica especial, sin ánimo de lucro, inscritas ante el Ministerio del Interior, conformadas por grupos de personas que profesan creencias espirituales específicas y que se congregan para ejercer su práctica de fe. Estas entidades están constituidas para que sus miembros ejerzan la libertad religiosa y de cultos de manera colectiva y organizada sin contradecir la constitución, las leyes, ni las nomas públicas. (Iglesias, Confesiones, Denominaciones, etc.)

 

Organizaciones Sociales del Sector Religioso: grupos sociales organizados bajo normas de Derecho Privado, sin ánimo de lucro, e inscritos ante la Cámara de Comercio, que están orientados por principios y valores espirituales, o preceptos religiosos, abiertamente confesos y que realizan actividades sociales, comunitarias, de paz, entre otras. (Fundaciones, asociaciones, colegios confesionales etc.)

 

Federaciones: Distintas instancias de participación

Confederaciones: Comités Municipales de Libertad Religiosa   

Mesas Técnicas de Libertad Religiosa       

 

Requisitos:

  • Ser miembro de Entidades Religiosas, Organizaciones del Sector Religioso, Federaciones y confederaciones que componen el Sector Religioso, Comités de Libertad Religiosa Municipales y mesas técnicas en el tema religioso.
  • Contar con Personería Jurídica de la Entidad Religiosa a la que representa.
  • El representante deberá ser mayor de edad, residente en el municipio por un periodo de tiempo mínimo de un (1) año.

Documentación requerida:

  • Carta de delegación por parte de la Entidad Religiosa u Organización del Sector Religioso (OSR) del Representante.
  • Copia de Personería Jurídica y/o documento de constitución de la Entidad Religiosa u Organización del Sector Religioso (OSR) a representar.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante asignado por municipio.
  • Diligenciamiento del “Formulario de Acreditación”.  El plazo máximo para entrega es 6 de agosto.

 

Los interesados deberán allegar a la Torre Central de la Gobernación de Cundinamarca 7 piso a la Dirección de Convivencia Justicia y Derechos Humanos - programa de Libertad Religiosa o al correo electrónico Lizeth.torres@cundinamarca.gov.co  los siguientes documentos:

  • Carta de delegación por parte de la Entidad Religiosa u Organización del Sector Religioso (OSR) del representante.
  • Copia de Personería Jurídica y/o documento de constitución de la Entidad Religiosa u Organización del Sector Religioso (OSR) a representar.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante asignado por municipio y diligenciar el “Formulario de acreditación”. El plazo máximo para la entrega de documentos es el día 6 de agosto de 2021.

 

La Secretaría de Prensa de Cundinamarca publicará el listado de representantes de cada uno de los municipios y posteriormente su par de Gobierno convocará a reunión para elegir, por votación participativa, a sus representantes.

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